¿Qué esDaños?

Definición de Daños

Es la indemnización que se deriva de actuaciones dolosas o negligentes que hayan producido pérdidas en los bienes y derechos de otro individuo.

Los daños, un concepto que va asociado al perjuicio, vienen recogidos en el Código Civil en sus artículos 1.101 al 1.106 como una obligación que tiene la persona cuyas malas conductas hayan desembocado en molestias o pérdidas patrimoniales de alguien.

Es difícil hacer una distinción entre daños y perjuicios ya que siempre aparecen unidos, pero de una manera general se puede señalar que los daños son menoscabos directos que sufre el afectado contra sus bienes o la propia persona.

Según marca el ordenamiento español se pueden distinguir tres tipos de daños. El daño emergente, que significa una pérdida real y efectiva. El lucro cesante, aquello que se haya dejado de ganar por la infracción cometida, y que puede ser considerado más bien como perjuicio. Y el daño moral como es la protección del honor, la intimidad y la propia imagen.

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