¿Qué esunMatrimonio civil?

Definición de Matrimonio civil

El matrimonio civil es la unión de dos personas, de diferente o del mismo sexo, que deciden voluntariamente crear un vínculo jurídico.

El matrimonio civil viene regulado en el título IV del Código Civil, a partir del Artículo 42. Allí se indica que el matrimonio, para poder celebrarse de forma válida, debe contar con el consentimiento de los dos cónyuges (del mismo sexo o de diferente, ambas uniones con los mismos efectos) y estos deberán ser mayores de edad o menores emancipados, y que no estén ya casados. Además no podrán contraer matrimonio según la Ley española los parientes en línea recta, los colaterales hasta tercer grado, o aquellos condenados por asesinar a su anterior cónyuge.

El propio Código indica que los extranjeros podrán casarse según los procedimientos españoles y que el matrimonio religioso también será válido.

La persona con autorización para celebrar un matrimonio civil es el Juez de Paz o el alcalde del lugar donde se celebre; un concejal designado por el propio alcalde, el Secretario Judicial o Notario elegido por los cónyuges; o un funcionario diplomático o consular encargado del Registro Civil en el extranjero. Desde el momento de la celebración el matrimonio produce efectos civiles pero es necesaria su inscripción en el Registro.

Los cónyuges tendrán los mismos derechos y quedan obligados a vivir juntos pudiendo ser un juez quien, en caso de discrepancia, decida dónde vivirá la pareja. Esto es lo que marca la Ley, aunque es difícil de regular.

Por último, la unión creada por el matrimonio puede ser declarada nula si no cumple los requisitos elementales del Código Civil. Y además se puede poner fin al matrimonio unilateralmente a través de un divorcio, o suspenderlo mediante una separación.

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