Autónomo vs Asalariado

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Trabajar de autónomo está forzosamente de moda, por la situación del país, porque es un modelo que triunfa en el extranjero, etc.; pero muchos hablan de ello sin conocer realmente las diferencias entre lo que supone ser trabajador autónomo frente al modelo tradicional del asalariado. ¿Entramos en detalles?.

Entre la figura del trabajador autónomo y el asalariado hay grandes diferencias, y no solo a nivel impuestos, que es de lo que más se habla ahora, te contamos las ventajas y desventajas, además de lo que cotiza y se deduce cada uno.

El asalariado

A favor

  • La principal ventaja de trabajar por cuenta ajena es la “zona de seguridad” que te envuelve cuando tienes unos ingresos estables al mes, que cubren unas necesidades básicas.
  • Al contar con un ingreso fijo y un horario establecido, la vida se puede “planear”: el ocio diario, las vacaciones, las compras, etc. ¿Que siempre existe el riesgo de perder el trabajo? Por supuesto, pero el nivel de incertidumbre es menor.
  • Estás respaldado por prestaciones sociales (en caso de baja) y prestaciones por desempleo, además de la indemnización correspondiente a su despido.
  • Al trabajar en una empresa se adquieren experiencia y contactos. Algunas empresas ofrecen ventajas extra a sus empleados: seguros médicos, servicio de guardería, etc. Y, normalmente, más de 12 pagas.

En contra

  • El “contra” mayor es que el asalariado no tiene el control real de su situación: tiene jefes que deciden, compañeros que no elige y trabajos que no selecciona, sino que le vienen dados. Siempre se puede ir a otra empresa, pero ya se sabe: “en todos sitios cuecen habas”.
  • Esto se amplía al “techo” de crecimiento, es decir, que exista un tope a la hora de ascender, y que ese tope no dependa de nosotros.

Las deducciones del sueldo

El asalariado tiene que pagar de su sueldo bruto las cotizaciones a la Seguridad Social y la retención a cuenta del IRPF, pero como los trámites los hace la empresa, muchos no saben cuánto y qué pagan realmente. “¿Cuánto cotiza mi empresa por mí?”, ¡es una buena pregunta!

Lo más fácil es pedir tu última nómina en la empresa donde trabajas y verlo, pero también puedes calcularlo en función de tu categoría profesional, el grupo de cotización al que perteneces, y la base que te corresponda. Aquí tienes las bases y tipos de cotización 2015. Dentro del porcentaje total que pagas (que oscila entre un 6 % y un 7,5 %) se contempla:

  1. Cotización por contingencias comunes.
  2. Cotización por accidentes de trabajo o enfermedad profesional.
  3. Cotización por desempleo.
  4. Formación profesional y reciclaje de los trabajadores.

Respecto a las retenciones de IRPF, se aplican a tu renta y se calculan en función del tipo de contrato, los ingresos brutos anuales estimados por la relación laboral y las circunstancias personales y familiares. Este porcentaje puede ir desde el 0% al 43%, ¡puedes ver la tabla de retenciones aquí!

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El autónomo

Hacerse autónomo se ha convertido en los últimos años en el camino para acceder al mercado de trabajo. Muchos no han tenido otra opción: o parado o autónomo. Para otros muchos, oprimidos en sus empresas por la crisis, ha sido una alternativa a su situación como asalariado.

A favor

  • Lo que más agrada de la autonomía es que el jefe es uno mismo. Tú gestionas horarios, trabajo, vacaciones… you have the power!
  • Puedes trabajar para diferentes clientes a la vez (que siendo asalariado también, pero es distinto) y disfrutar de la novedad y la variedad. Además tus clientes los eliges tú.
  • Te puedes desgravar el IVA de los gastos relacionados con tu trabajo, ahorrando un 21% en conceptos como gasolina o la compra de equipamiento informático.

En contra

  • Si te va mal no puedes echarle la culpa a otro… sobre ti recae toda la responsabilidad de tu vida laboral y personal: eres más libre sí, pero de ti depende el “sobrevivir”. Es decir, hay presión.
  • Mes a mes hay que pagar la cuota de la Seguridad Social, se tengan o no ingresos y aunque estés de baja. Más presión.
  • ¿Indemnizaciones? ¿Qué es eso?
  • ¿Y las prestaciones? La cuota mínima cubre únicamente la prestación por incapacidad temporal en el caso de enfermedad común (por ejemplo una gripe), a partir del cuarto día. Si quieres estar cubierto frente a accidentes laborales y enfermedades profesionales y por cese de actividad, la cuota sube. Esta protección por desempleo no está siendo muy “popular”, ya que tienes que haber cotizado hasta 12 meses y solo da derecho a 2 meses de prestación, eso si te la dan, que no es fácil.

Las deducciones del sueldo

¿Cuánto paga un autónomo? Igual que los asalariados, los autónomos también cotizan a la Seguridad Social (pagando una cuota al mes) y se deducen el IRPF.

La mayoría elige la base mínima de cotización, incluida la incapacidad temporal y financiación de prestaciones por riesgo durante el embarazo y la lactancia. El tipo a aplicar sería el 29,90 % de 884,40 euros. Desde 2013 está disponible la tarifa plana de 50 euros para nuevos autónomos, así que si te lo estás pensando, aprovecha, porque está muy bien. Para los mayores de 30 años, esta rebaja dura 18 meses, mientras que para los menores de 30 años se extiende hasta los 30 meses. Sin embargo, se está preparando una reforma para la ley de autónomos que entraría en vigor en 2017. Aunque aún no está aprobada, trae novedades interesantes, te lo contamos todo en otro de nuestros artículos: Conoce la nueva propuesta de reforma de la Ley de Autónomos para 2017.

Además de cotizaciones sociales, los autónomos pagan impuestos, ¡como todos!, a través del IRPF y del IVA. En relación al IRPF, si se cuenta con la bonificación de nuevo autónomo baja a un 9 %, si no, oscila entre el 15 % y el 19 % de tus ingresos. En cuanto al IVA, ajustan cuentas con el Estado trimestralmente: pagan a Hacienda la diferencia entre el IVA que han cobrado a sus clientes (IVA facturado, devengado o repercutido) y el que han soportado en sus compras (IVA soportado o IVA deducible).

¡Si necesitas algún tipo de asesoría ya sabes que puedes contactarnos!

Etiquetas relacionadas: Asalariado, autónomo, Nómina, Sueldo