Conoce la nueva propuesta de reforma de la Ley de Autónomos para 2017

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Los trabajadores autónomos están de enhorabuena ¿O no? Es posible que hayas oído hablar de la nueva ley para este colectivo y es fácil que tengas dudas al respecto. ¿Te afecta a ti? ¿Desde cuándo? ¿Qué novedades incluye? ¿Cómo te va a beneficiar? Si eres de los que mes a mes pagas tu cuota de autónomo, o si estás pensando embarcarte en la emocionante aventura de emprender, sigue leyendo porque te vamos a responder todas las dudas.

Para ponerse en situación, las reclamaciones de los autónomos es un tema que viene de atrás. Con la crisis el montar un negocio por cuenta propia se ha convertido en una posibilidad muy real ante un mercado laboral negro en el que ser contratado es toda una odisea. A ello se une un cambio de mentalidad en el que el trabajador quiere ser su propio jefe para así tratar de sentirse realizado en su propio negocio.

El autónomo ha ganado de esta forma popularidad, y con su extensión se han puesto de manifiesto las carencias que ha tenido esta figura jurídica desde su origen. Las elevadas cuotas a la Seguridad Social, la cantidad de impuestos a pagar por trabajos que ni se han cobrado, las engañosas bases de cotización, o la pérdida de derechos que sí tienen los trabajadores por cuenta ajena, ponen palos en las ruedas de aquellas personas que deciden emprender.

Seguramente si ya eres autónomo nada de esto te será desconocido, y seguro que tienes una larga lista de quejas del día a día que sumar a la lista. Si no lo eres, y estás pensando serlo, valora los pros y los contras.

La propuesta de reforma para 2017

Así llegamos al presente. A finales de 2016 los grupos políticos se han puesto de acuerdo, una especie de milagro de Fátima, para sacar adelante un proyecto que pretende contribuir a hacer menos dolorosa la labor del autónomo. Esto es lo primero claro que hay que tener, la nueva ley no ha entrado en vigor aún. De momento es un borrador aprobado en el Congreso que durante los próximos meses los políticos se van a encargar de discutir para, con un texto definitivo, pasar por la aprobación del Senado y de nuevo al Congreso antes de publicarla en el Boletín Oficial del Estado. Todo esto, como pronto, estará para febrero de 2017.

En ese tiempo toca debatir y pulir las propuestas. Los más escépticos dicen que, de todas las propuestas planteadas, solo hay dos que sean realmente útiles y novedosas. Os lo explicamos.

Las medidas estrellas para los autónomos

En el borrador presentado, denominado ‘Proposición de Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo’ hay dos medidas que pueden ser consideradas como muy buenas para el autónomo, especialmente para el que empieza, ya que aquel que lleve ya un tiempo no se va a ver beneficiado.

La tarifa plana se amplía hasta los 12 meses. ¿Qué significa esto que tanto se ha repetido? La famosa ‘tarifa plana’ que se impulsó en la anterior legislatura suponía que, durante los seis primeros meses de un autónomo, su cuota será de 50 euros. A partir de ahí, y hasta el mes 30, la cuota se iría incrementando paulatinamente.  Esto hay que cogerlo con pinzas porque no todos los autónomos pueden beneficiarse de esta tarifa sino que existen una serie de condicionantes (el de edad ya ha sido retirado) que harán que puedas o no adherirte. Ahora los 50 euros se amplían al primer año por lo que si empiezas de cero el gasto no será tanto.

Las limitaciones de la ley en vigor –no incluidas en el texto jurídico inicial pero emitidas en circulares posteriores- excluían a muchos autónomos, por lo que está por ver si con la nueva reforma esto cambiará. Por ejemplo quedaban sin opción a la tarifa plana los autónomos societarios (quienes estuvieran al frente de una sociedad mercantil), los que hubieran estado dados de alta en los últimos cinco años o hubiesen recibido alguna bonificación previa, o los pluriempleados.

Otra de las estrellas de este borrador tiene que ver con la cotización real. Igual no te lo crees, pero hasta ahora un autónomo que se daba de alta un 20 del mes, pagaba por el mes completo. Y si se daba de baja el 3, también cotizaba como si hubiese trabajado hasta el 31. Se prevé que esta incoherencia se arregle con esta nueva ley, de tal forma que se pague proporcionalmente por los días que se haya trabajado al darse de alta o de baja de la Seguridad Social.

También destacable es la propuesta de que los autónomos cuyos ingresos no lleguen al salario mínimo interprofesional (para 2017 establecido en 707 euros por una jornada completa, tras la subida del 8% respecto a 2016) estén exentos de cotizar. Se trata de una medida muy demandada por los autónomos que ven como, independientemente de sus ingresos, tienen un gasto fijo mensual elevado a consecuencia del pago de la cuota.

Rebaja en la penalización por retraso en los pagos

El borrador de ley incluye otra posible medida interesante para los autónomos que viene a paliar otro de los abusos que sufre este colectivo. Hasta ahora si uno de estos trabajadores se retrasa en el pago a la Seguridad Social tiene que pagar un recargo del 20 por ciento de la cuantía, la quinta parte extra.

La intención del nuevo texto será reducir estas sanciones de la siguiente manera. Si el retraso en los pagos no supera el mes se aplicará un tres por ciento, un cinco por ciento para el segundo mes, diez por ciento para un retraso de tres meses, y del 20 a partir del cuarto.

De esta forma será menos lesivo que el autónomo supere los plazos marcados por la Tesorería General de la Seguridad Social, retrasos que en ocasiones se debe a facturas no cobradas en plazo u otros imprevistos.

En cualquier caso, ante problemas con la Administración el consejo es que contactes cuanto antes con un asesor especialista que pueda defenderte. En Easyoffer disponemos de los profesionales que necesitas y te facilitamos su búsqueda: con solo rellenar el formulario online en nuestra web dispondrás de hasta tres presupuestos personalizados de forma gratuita.

Las dudas planean sobre otras propuestas

Se ha escrito sobre la posibilidad que tendría el autónomo, según el borrador de la nueva ley, de cambiar hasta cuatro veces la cotización al año. Esto quiere decir que el trabajador por cuenta propia podrá, en función de sus previsiones, variar lo que paga de cuota en cuatro ocasiones, y así ajustarse a posibles meses de vacas flacas para pagar menos impuestos y ajustarse mejor a su facturación.

Pero la realidad es que la inmensa mayoría de autónomos ya usan la base mínima, que en 2017 será de 954 euros (ha subido, en 2016 fue de 893 euros) para los ya consolidados (se incrementa progresivamente en el tiempo, y depende también si se tiene una S.L. o si hay trabajadores a cargo). En este caso las novedades de la nueva ley no tendrían mucho efecto ya que estas personas que pagan lo mínimo (casi 300 euros, pero lo mínimo) no podrían realizar ningún cambio a la baja, sino solo hacia arriba, para pagar más si lo desean.

Para entender este punto hay que explicar el mecanismo. El autónomo tiene que elegir en base a una tabla del Ministerio de Empleo el que cree que será su sueldo mensual, lo que se denomina base de cotización. Para 2017 el mínimo que se podrá elegir es por una cuantía de 954 euros, y el máximo de 3.751 euros. Sobre esta base de cotización se aplica un porcentaje para determinar la cuota mensual que el autónomo debe pagar al Estado. Con carácter general, para cubrir contingencias comunes, el autónomo que fije su base de cotización en el mínimo tendrá que pagar cada mes 285 euros como cuota.

Si eres nuevo, pensarás ¿por qué iba a querer pagar más? En teoría si subes tu base de cotización tendrás acceso a mejores coberturas sociales, por ejemplo una prestación en caso de baja laboral más cuantiosa, mejor jubilación e incluso mejor ‘paro’, un concepto introducido en las últimas reformas ya que antes los autónomos no tenían derecho a la prestación por desempleo. Hay que tener en cuenta que según la edad del autónomo existen diferentes obligaciones, y que en función de cada momento se aconseja cotizar más o menos.

Si vas a empezar como autónomo y eres una persona joven se recomienda cotizar según la base mínima. Y, en los últimos 25 años, pensando en la jubilación, subir esa cotización lo máximo posible para que quede una pensión digna.

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Bonificaciones para el teletrabajo de los autónomos

Dentro del paquete de nuevas propuestas se incluyen referencias a bonificaciones para aquellos autónomos cuyo hogar es su oficina.

Esta va enfocada a los muchos profesionales que apuestan, y tienen la opción de hacerlo, por el teletrabajo. Las nuevas tecnologías han posibilitado que con una conexión a internet y un ordenador se puedan sacar adelante muchos trabajos, por lo que se trata de premiar la flexibilidad que otorga el empleo desde la propia casa, sin necesidad de perder el tiempo en traslados con el gasto económico y medio ambiental que supone.

De esta forma se estudia una deducción del 20 por ciento en los gastos de luz, agua y gas para aquellos que trabajen desde su propio domicilio. Es una forma de favorecer la conciliación entre la vida laboral y familiar pero lo cierto es que no son muchos los autónomos que pueden beneficiarse de ello.

No hay muchas cifras disponibles sobre esto, pero el Instituto Nacional de Estadística hizo una aproximación en 2013 y 2014 e intuyó que habría algo más de un millón de autónomos con teletrabajo. Esto contrasta con las cifras del Ministerio de Empleo en el tercer trimestre de 2016, que exponen que en España hay 1.974.881 trabajadores autónomos aunque solo contando aquellos que no se integran en una sociedad mercantil ya que la cifra total supera los tres millones.

Deducciones por maternidad y al transporte

Con el nuevo texto se pretende apoyar a la maternidad y la paternidad a través de unas deducciones completas. De esta forma se prevé que se bonifique el cien por ciento de la cuota de autónomo cuando se causa baja por maternidad o paternidad, o por riesgo de embarazo o lactancia.

Además se plantea una deducción del 50 por ciento en el IRPF de los gastos derivados del vehículo para trabajar.

Castigar a quienes no cumplan con los autónomos

Aunque el texto de la ‘Proposición de Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo’ no lo incluya expresamente hay quien ha aportado otras soluciones que podrían ayudar a este grupo de empleados y empleadores.

Una de estas soluciones está encaminada a aquellos profesionales que no realizan con continuidad sus trabajos, es decir, que facturan de forma puntual. Se estudiaría una forma de introducir vías de cotización adaptadas a ellos aunque no se ha definido aún ninguna opción.

Otra medida planteada es la de penalizar a aquellas empresas morosas para con los autónomos, a las que deban dinero o paguen fuera de plazo sus facturas, mediante la pérdida de bonificaciones de la Seguridad Social y cualquier tipo de ventaja fiscal que puedan tener. En este apartado sería interesante también revisar el papel de las instituciones públicas, tales como Ayuntamientos, ya que en ocasiones estas se convierten en deudores de esos autónomos.

En esencia este es el borrador aprobado por los grupos políticos en el Congreso. Si estás planteándote comenzar tu aventura profesional como autónomo, sobre todo ármate de perseverancia e ilusión. Las condiciones son duras, la nueva ley algo te podrá ayudar, pero no esperes que desde la Administración resuelvan los problemas que año a año sufren este tipo de trabajadores.

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Etiquetas relacionadas: Asesoría, autónomo, Empleo, Seguridad Social