Delito contra la autoridad pública. Todos los detalles.

¿Necesitas un abogado? Hemos ayudado a personas a encontrar abogado hoy.

¿Necesitas un abogado? Te ayudamos a encontrar un abogado hoy.

Por favor contesta unas pocas preguntas para ayudarnos a encontrarte abogados en tu zona.

En la actualidad nos encontramos, en general y en todas las sociedades, con un determinado número de delitos de atentado contra agentes de la autoridad. O, como mejor se le conoce a este tipo delictivo: delito contra la autoridad pública. Esta situación, de hecho, no es única de un país o zona geográfica. Tampoco es atribuible a factores simples, sino a la propia complejidad de las sociedades que se deseen analizar.

Para intentar explicar el contexto jurídico que rodea a este tipo de delitos, vamos a estudiarlo por apartados. Todos ellos dan respuesta a alguna de las relevantes cuestiones que tienen que ver con el delito contra la autoridad pública. Seguro que después de leer este artículo no tendrás dudas acerca de lo que implica un delito contra la autoridad.

¿Quiénes se consideran agentes de la autoridad?

Desde la reforma del Código Penal de 2015, su artículo 550 establece, de manera literal:

Son reos de atentado los que agredieren o, con intimidación grave o violencia, opusieren resistencia grave a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o los acometieren, cuando se hallen en el ejercicio de las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas. En todo caso, se considerarán actos de atentado los cometidos contra los funcionarios docentes o sanitarios que se hallen en el ejercicio de las funciones propias de su cargo, o con ocasión de ellas.”

Esto quiere decir que los agentes de la autoridad ya no se encuentran únicamente limitados a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Actualmente, son también agentes de la autoridad los funcionarios públicos del sector de la enseñanza y la salud. Eso sí, lo son en la medida en que se hallen en el ejercicio de sus funciones, las propias de sus cargos. Y no, por tanto, en todo momento y lugar, en relación con un delito contra la autoridad.

Este cambio en la definición de los agentes de la autoridad es consecuencia del aumento de los delitos cometidos contra los profesionales de la salud y de la educación. A su vez, la finalidad perseguida es aumentar el nivel de protección hacia ellos, disuadiendo a los agresores con penas mayores.

Explicado de otra forma, no solo se pretende proteger al funcionario, como individuo. Se blinda también la función que representa y desempeña en nombre de los poderes públicos.

¿En qué supuestos existe delito contra la autoridad?

Lo primero que es preciso hacer es conocer la diferencia entre el delito contra la autoridad y el delito de resistencia a la autoridad.

La diferencia básica entre el delito contra la autoridad y el delito de resistencia a los agentes de la autoridad radica en que en el primero se da una voluntad o ánimo de causar algún daño al agente. Mientras que el delito de resistencia consiste en impedir al agente realizar las actuaciones propias de su cargo o cometido.

Aunque esta distinción no siempre resulta fácil de interpretar, cada uno lleva a aparejadas penas muy diferentes, por su diferente gravedad. Así, el delito contra la autoridad, recogido en el artículo 550.2 de Código Penal, establece que:

Los atentados serán castigados con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de tres a seis meses si el atentado fuera contra autoridad y de prisión de seis meses a tres años en los demás casos.

Mientras, el delito de resistencia a agentes de la autoridad (recogido en el artículo 556 del Código Penal, establece que se castigarán con tres meses y hasta un año de cárcel, o multa desde los seis a los dieciocho meses, aquellos supuestos en los que se resistan o desobedezcan gravemente a la autoridad o a los profesionales de la seguridad privada que cooperen con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Presupuestos de abogados y asesores gratis

Asesórate de la mejor manera

Contacta con abogados y asesores en tu zona. Dinos qué necesitas y recibe gratis 3 presupuestos hoy mismo.
¡Gratis y sin compromiso!

Aprendiendo a diferenciar los dos delitos

Para entender la diferencia entre un delito contra la autoridad y un delito de resistencia a la autoridad, resulta muy útil recurrir a una sentencia del Tribunal Supremo de 20 de diciembre de 2017. Según esta sentencia, la resistencia activa grave constituye claramente un delito contra la autoridad (el mismo que se tipifica en el artículo 550 del Código Penal).

La resistencia activa no grave y la resistencia pasiva grave, por su parte, se incluyen en el delito de resistencia (del artículo 556 del Código Penal). Y, por su parte, la resistencia pasiva no grave contra agentes de la autoridad ha quedado despenalizada. Aunque puede sancionarse conforme a la Ley de Seguridad Ciudadana.

¿Cómo se gradúan las penas para el delito contra la autoridad?

De forma esquemática, las penas en caso de delito contra la autoridad quedarían establecidas de esta forma:

  • Delito contra la autoridad: prisión de 1 a 4 años y multa de 3 a 6 meses.
  • Delito de resistencia: prisión de 3 meses a 1 año y multa de 6 a 18 meses.
  • Falta de respeto: multa de 1 a 3 meses.

Hay que recordar que la multa en caso de delito contra la autoridad es una cuantía diaria. Se basará en el nivel de ingresos del acusado y en sus gastos, relativos a sus necesidades particulares y familiares.

Algunos ejemplos de delito contra la autoridad

La Audiencia Provincial de Jaén, en su sentencia de 19 de diciembre de 2017, establece literalmente:

En el caso de autos la actuación del acusado, empujando violentamente al agente policial y tirándolo al suelo tras una zancadilla, excedió de la mera desobediencia o resistencia del artículo 556, constituyendo un delito de atentado previsto y penado en el artículo 550 Código Penal, por lo que se ha de confirmar la pena de prisión de un año y tres meses.

Por el contrario, la Audiencia Provincial de Lugo, en su sentencia de 14 de diciembre de 2017, establece literalmente:

No se produce quiebra del principio acusatorio por cuanto que la homogeneidad entre los delitos de atentado y de resistencia es evidente y la única diferencia radica en la mayor o menor entidad de la resistencia física o fuerza producida por el imputado para enfrentarse a los agentes de la autoridad”.

La Audiencia Provincial de Valencia, en junio de 2018, impuso 5 años y medio de cárcel al propietario de un American Staffodshire Terrier. Se le acusaba de delito contra la autoridad y lesiones. Por su parte, se absolvió al policía, por considerarse que tan solo estaba cumpliendo con su deber.

Lo que ocurrió fue que el condenado portaba por la calle, sin bozal, a su perro de raza potencialmente peligrosa. Según la sentencia, el policía se dirigió al acusado y le instó a que le colocara el bozal al animal. Entonces, el dueño le golpeó, causándole lesiones.

El delito contra la autoridad y los funcionarios sanitarios

Los sanitarios, en ocasiones, se enfrentan a situaciones extremas. Atienden, también, a personas que pueden presentar signos de ansiedad o embriaguez, por ejemplo. Por eso, no es de extrañar que, con el tiempo, se haya considerado oportuno considerarlos agentes de la autoridad. Así, desde la reforma de 2015, los funcionarios sanitarios tienen la consideración de autoridad si se encuentran en el ejercicio de sus funciones.

Y es que, ante el crecimiento del número de agresiones en hospitales, se considera necesario interpretar toda agresión física o resistencia con intimidación o violencia ejercida sobre un funcionario sanitario como un delito contra la autoridad. Por tanto, hablamos de algo más que de un delito de lesiones.

Las limitaciones

Pero se ha de tener en cuenta que no todos los médicos son considerados autoridad por la ley. Lo son aquellos que prestan sus servicios en el sistema sanitario público. Por esa razón, las agresiones a médicos de la sanidad privada se continúan tipificando como un delito de lesiones. Y no como un delito contra la autoridad.

Ahora bien, hay que tener en cuenta que, si la agresión tiene lugar en el ámbito privado del sanitario, tampoco se considera un delito contra la autoridad. Debería estar el profesional en ese momento ejerciendo las funciones propias de su cargo.

En cualquier caso, lo que cualquier abogado especialista recomendaría es interponer una denuncia. Aunque no se tenga claro si la agresión constituye un delito contra la autoridad o no. Así, se podrá proceder con la investigación. Y, si se considera oportuno, citarán a los implicados para asistir a un juicio oral.

delito contra autoridad body

Sentencias ilustrativas

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Vélez-Málaga, con fecha 24 de abril de 2018, dictó una sentencia aclaratoria. La condenada fue una mujer detenida por agredir a una enfermera, a la que golpeó en el pecho. Por este acto, se le condenó a cuatro meses de prisión por un delito contra a la autoridad. Además, tuvo que afrontar 20 días de multa, a razón de seis euros al día, por dos delitos leves de lesiones. En total, 240 euros.

En Logroño, por otro lado, la condena fue por un delito contra la autoridad, agresiones y lesiones. Fueron agredidas una médico y una enfermera, y el condenado ingresó 36 meses en prisión. Además, se le impusieron 3 meses de multa.

Acciones complementarias a la ampliación del delito contra la autoridad

Sin embargo, estas situaciones no solo se deben combatir por la vía penal. Hace falta, en opinión de los expertos, crear las condiciones para que no sucedan hechos de estas características. Sobre todo, es necesario diseñar medidas e instrumentos de prevención y protocolos de actuación ante situaciones similares.

Por ejemplo, el Ministerio del Interior ha presentado, junto al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, la Instrucción 3/2017 sobre medidas policiales a adoptar frente a agresiones a profesionales de la salud. Esto se produce como consecuencia del compromiso contraído con los representantes de la Organización Médica Colegial y del Observatorio Nacional de Agresiones a Médicos.

El delito contra la autoridad y los funcionarios docentes

Al igual que sucede con los funcionarios del ámbito sanitario, también se ha incluido como delito contra la autoridad, desde la reforma de 2015, las agresiones a los funcionarios docentes. Estos también tienen la consideración de autoridad, si están en el ejercicio de sus funciones.

Asimismo, el régimen de penas aplicable coincide plenamente con el de los funcionarios sanitarios. Pero, de igual forma, se entenderá mejor su situación actual con algunas sentencias ya emitidas sobre ello.

Antes de la reforma de 2015 del Código Penal

Para poder comprender la aplicación de la ley en el caso de los funcionarios docentes, debemos destacar la sentencia que, por primera vez, tipifica como delito contra la autoridad el maltrato a un docente.

Esta sentencia se produce en enero de 2010. Por tanto, tiene lugar antes incluso de la reforma operada en 2015 en el Código Penal, que introduce como nuevas figuras de delito contra la autoridad a docentes y sanitarios.

Así, el titular del Juzgado de Menores Número 1 de Las Palmas, dictó esta sentencia sin precedentes a nivel nacional. Y contempló por primera vez como delito contra la autoridad el maltrato a un docente.

La sentencia pionera condena a la menor agresora a un año de libertad vigilada. Y también la obliga a someterse a tratamiento psiquiátrico. Por otra parte, impone a sus padres el pago de una indemnización de 9.000 euros por los daños físicos y morales ocasionados sobre la profesora.

Fuentes jurídicas destacan la importancia de esta novedosa sentencia. Y ello porque, por vez primera, introduce la tipificación de delito contra la autoridad, tratándose esta de un docente en el ejercicio de su función. Hasta ese momento, todas las sentencias dictadas en territorio nacional calificaban a este tipo de hechos como una falta, y no como un delito contra la autoridad.

Después de la reforma de 2015 del Código Penal

Ya con la nueva normativa en vigor, en abril de 2016, se condenó a un año de cárcel a una mujer, considerándola culpable por agredir, amenazar e insultar a un profesor de su hijo.

En este caso, y de la misma forma que ocurre con los casos de delito contra la autoridad si se trata de funcionarios sanitarios, estas situaciones no solo se deben combatir por la vía penal. Es preciso crear las condiciones adecuadas y concienciar a la sociedad para que no sucedan hechos de estas características. Y sobre todo, es preciso diseñar medidas de prevención protocolizar las actuaciones de los implicados ante situaciones de esta clase.

¿Qué hacer en caso de un sufrir o presenciar un delito contra la autoridad?

Si te encuentras ante una situación que pueda considerarse un delito contra la autoridad, lo recomendable es que inicies el correspondiente procedimiento judicial. Y que lo hagas acompañado del mejor asesoramiento legal. Para ello, no dudes en solicitar presupuestos a los abogados que encontrarás en Easyoffer. En total, puedes recibir hasta tres, y seguro que entre ellos encuentras la opción que estás buscando.

Presupuestos de abogados y asesores gratis

Asesórate de la mejor manera

Contacta con abogados y asesores en tu zona. Dinos qué necesitas y recibe gratis 3 presupuestos hoy mismo.
¡Gratis y sin compromiso!
Etiquetas relacionadas: Delito contra autoridad publica
Júlia Jiménez
Júlia Jiménez Periodista, redactora freelance y SEO copywriter www.lasletrasdejulia.com