La excedencia laboral voluntaria: tipos, requisitos y plazos

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Si tienes intención de solicitar una excedencia laboral voluntaria, o si ya la estás disfrutando, lo más probable es que te preguntes qué pasará cuando tengas que volver al trabajo. Seguro que te asaltan muchas dudas relacionadas con ese momento en concreto. Y también querrás saber en qué condiciones tendrá lugar tu vuelta.

Pues bien, lo primero que has de saber es que una excedencia laboral otorga al trabajador un derecho preferente a la hora de reincorporarse al trabajo. Pero, eso sí, si el puesto está ocupado por otro empleado, la vuelta no podrá ser automática. Este supuesto de la excedencia laboral y todos los demás que pueden darse están recogidos en el Estatuto de los Trabajadores. Concretamente, en su artículo 46. Aunque también la jurisprudencia existente al respecto ha de tenerse en cuenta.

De manera general, el modo en que se regresa de una excedencia laboral estará condicionado por el tipo de excedencia otorgada y el tipo de solicitud realizada. Por eso, es vital que conozcas todos los detalles relacionados con la excedencia laboral y con su solicitud y reingreso. A continuación, damos respuesta a las dudas más frecuentes.

El primer paso: distinguir entre una excedencia laboral voluntaria y una forzosa

Como ya hemos dicho, la excedencia laboral es un derecho que asiste a todos los trabajadores. Pero no ha de confundirse la excedencia laboral voluntaria con la forzosa.

La excedencia laboral forzosa

La excedencia laboral forzosa se concede en todo caso al trabajador cuando a este se le designa para ocupar un cargo público o un puesto de responsabilidad sindical. Un hecho este que imposibilita el hecho de continuar en el puesto de trabajo original.

Este tipo de excedencia da derecho a que el trabajador conserve el puesto de trabajo. Además, se permite el cómputo para la antigüedad durante su vigencia. Una vez finalizado el periodo por el que se abandona el puesto, se tendrá que solicitar el reingreso. Y habrá de hacerse esto antes de que transcurra un mes desde que se abandona el cargo público.

La excedencia laboral voluntaria

La excedencia laboral voluntaria puede solicitarla cualquier trabajador. Pero se debe reunir el requisito de contar con, como mínimo, un año de antigüedad. Y la excedencia laboral en este caso podrá durar entre 4 meses y 5 años. Además, si ya se ha disfrutado de una excedencia laboral con anterioridad, tienen que haber pasado por lo menos 4 años desde aquella.

Como diferentes tipos de excedencias laborales voluntarias, encontramos:

  • La excedencia laboral para el cuidado de los hijos: en este caso se concederá un periodo no superior a los tres años.
  • La excedencia laboral para el cuidado de un familiar: este deberá ser de segundo grado de consanguinidad, y se concederá como máximo una excedencia laboral de dos años de duración.

En ambos casos, el tiempo de excedencia es computable a efectos de antigüedad en la empresa. Y durante el primer año se tendrá derecho a la reserva del puesto de trabajo. Transcurrido ese tiempo, la reserva será con respecto a un puesto de una categoría equivalente o al mismo grupo profesional.

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El proceso de solicitud de la excedencia laboral

Sea cual sea tu caso, ten en cuenta que la solicitud se ha de hacer con suficiente antelación. Sobre todo, para que la empresa lo sepa, lo acepte y se adapte sin problemas. Pero ¿cuál es ese límite temporal? Has de saber que la legislación vigente no establece actualmente un plazo concreto. Así, habrá que consultar lo dispuesto en el convenio colectivo que sea de aplicación. Sin embargo, sí podemos afirmar que lo más normal es pedirla con aproximadamente un mes de antelación.

En cuanto a la posibilidad de informar a la empresa acerca de los motivos por los que se solicita la excedencia laboral, este no es un paso obligatorio. Sin embargo, también se considera algo conveniente. El motivo es que puede influir en la buena relación entre trabajador y empresa. Y, en consecuencia, puede ayudar a que las condiciones del futuro reingreso sean las mejores.

¿Es posible la denegación de la excedencia laboral por parte de la empresa?

Este es el aspecto más complicado de todos. De hecho, es necesario recurrir a la jurisprudencia para encontrar una respuesta. Esta establece que la excedencia laboral voluntaria no puede ser unilateral. Solicitarla es un requisito imprescindible, pero no suficiente. Acto seguido, la empresa tendrá que autorizarla.

Lo que sí es cierto es que, cuando se cumplen los requisitos, la empresa está obligada a autorizarla. Si no es así, se tendrá que interponer una demanda y esperar – es decir, seguir trabajando – hasta que se resuelva.

Una vez se autoriza la excedencia laboral, hay que recordar que la relación empresa/trabajador continúa. A pesar de ello, se liquidarán la parte de vacaciones no disfrutadas y las pagas extras. Esto se hace así por si, cuando llegue el momento, no se produce el reingreso del trabajador.

excedencia laboral voluntaria

El proceso de reincorporación tras una excedencia laboral

Cuando llega el momento de finalizar la excedencia laboral, el principal problema es el reingreso al mismo puesto de trabajo. Y es que, en función de la duración y el tipo de puesto, lo más probable es que la empresa no lo tenga vacante. En ese caso, el trabajador no podrá reingresar, pero mantendrá su derecho de forma indefinida y preferente.

Esto sucede porque, en caso de excedencia laboral voluntaria, no existe reserva del puesto de trabajo. Por este motivo, la empresa puede cubrir el puesto con otro contrato, incluso con uno indefinido. Sin embargo, en los casos de excedencia laboral forzosa o excedencia laboral por cuidado de un hijo o de un familiar, si la empresa no lo reincorpora se tendrá derecho a demandarla por despido improcedente. Y es que en estos casos, existe reserva del puesto de trabajo durante el primer año.

¿Cuándo se debe solicitar el reingreso en la excedencia laboral?

Lógicamente, ha de hacerse antes de que finalice el plazo de la excedencia laboral. Aunque la ley no establece un periodo de tiempo determinado, es recomendable hacerlo con un mes de antelación. O bien cumpliendo, de nuevo, lo que se establezca en el convenio colectivo correspondiente. Y ¿qué ocurre si no se formula  la solicitud de reingreso? Entonces, se considera que el trabajador renuncia a su puesto, y se produce una baja voluntaria.

Por otro lado, en relación con el reingreso tras una excedencia laboral voluntaria, mucha gente se hace la siguiente pregunta: ¿se puede solicitar la reincorporación antes de que finalice el plazo fijado? La respuesta es negativa. El empleado no puede pedir la reincorporación antes del tiempo de excedencia laboral que solicitó en su día. Y, por su parte, la empresa tendría en ese caso derecho a denegarle el reingreso.

Pero hay ocasiones en las que, en la solicitud de excedencia laboral, no se establece un plazo fijo. Es en estos casos en los que el empleado sí puede pedir la vuelta en cualquier momento,  respetando el máximo de los 5 años. Eso sí, la empresa no estará obligada a garantizar la incorporación inmediata. Aunque, tal y como se establece en el Estatuto de los Trabajadores, sí que tendrá que considerar al empleado como preferente. Es decir, tendrá que recurrir a él antes que al mercado de trabajo.

La vuelta al mismo puesto de trabajo: ¿es posible?

Recordemos que la excedencia voluntaria no da derecho a la reserva del puesto, pero sí a un derecho preferente de reingreso a puestos de igual o similar categoría. Esto quiere decir que la reincorporación solo puede realizarse cuando haya vacantes similares al anterior puesto de trabajo.

En este sentido, si la empresa no tiene plazas equivalentes vacantes, debe comunicar al trabajador que en esos momentos no es posible la reincorporación. Pero, eso sí, se lo comunicará en cuanto esté disponible un puesto similar. En cualquier caso, la empresa siempre debe responder a una petición de reingreso. De lo contrario, podría considerarse un despido improcedente y el trabajador tendría derecho a recibir la indemnización correspondiente.

Ello no es impedimento para que el trabajador acepte voluntariamente una plaza de nivel inferior. Si esto ocurre, reingresará en las condiciones que se establezcan para esa plaza en cuestión.

¿Qué sucede si la empresa ofrece un puesto en otro centro de trabajo?

En este supuesto, has de saber que tienes la obligación de aceptar la reincorporación en otro centro de trabajo. De lo contrario, se considerará tu respuesta como una baja voluntaria. Por supuesto, hablamos en todo caso de un cambio de centro de trabajo que no implique un cambio de residencia.

¿Y si la empresa ofrece al trabajador su mismo puesto, pero con unas condiciones diferentes?

El trabajador tiene derecho, si es posible y en principio, a volver a su puesto de trabajo con las mismas condiciones que las que estaban vigentes antes de solicitar la excedencia laboral. Pero no son pocas las ocasiones en las que la empresa ofrece al trabajador un horario distinto o un sueldo más bajo. En esas circunstancias, el empleado puede pedir la extinción de la relación laboral por modificación sustancial de las condiciones de trabajo.

¿Y si el puesto de trabajo es temporal?

En ese caso, el empleado no está obligado a aceptarlo. Y, si lo hiciera, no perdería su derecho preferente al puesto definitivo.

¿Cómo proceder si hay vacantes y la empresa impide la reincorporación?

En función de la respuesta que dé la empresa, se puede proceder de dos formas diferentes:

  1. Interponiendo una demanda de reingreso: si la empresa rechaza la incorporación alegando que no hay vacantes, o no contesta, se puede interponer una demanda de reingreso. De esta forma, se persigue que se reconozca legalmente el derecho a la reincorporación. Si la vacante  sí existe, el reingreso se producirá como consecuencia de la sentencia. Y si no hubiera vacantes disponibles, se mantendría ese derecho por tiempo indefinido, hasta que se produzcan. Hay que recordar que el plazo para interponer esta demanda es de un año desde que se tenga conocimiento de la negativa de la empresa.
  2. Interponer una demanda por despido improcedente: en este caso, el plazo para hacerlo será de 20 días hábiles desde que se tenga conocimiento de la existencia de vacante. También procede este tipo de demanda si la empresa expresa su voluntad de finalizar el contrato laboral, lo que de hecho constituye un despido.

A veces, incluso, si la actitud de la empresa ha sido muy lesiva, se puede solicitar una indemnización por daños y perjuicios, por haberse dilatado la reincorporación de forma intencionada.

Cuestiones adicionales a tener en cuenta

Muchas personas se preguntan si es posible compatibilizar la excedencia laboral voluntaria con otras actividades o ingresos. En ese sentido, son estos los supuestos más comunes:

La excedencia laboral y el trabajo para otras empresas

En principio, es posible. Pueden existir obstáculos si se ha firmado con la empresa algún pacto, por ejemplo para impedir que el empleado trabaje en la competencia directa. También sería sancionable si el trabajador se marcha a la competencia y proporciona secretos de la empresa. 

La excedencia laboral voluntaria y la prestación por desempleo

Un dato que muchas personas que solicitan una excedencia laboral desconocen es que, si finalmente el trabajador no se reincorpora, no existirá derecho a cobrar la prestación por desempleo.

Asimismo, el periodo de excedencia laboral disfrutado no computará a efectos de indemnización por despido. Y, respecto al cómputo de la antigüedad laboral, si la excedencia laboral es voluntaria, tampoco se contabilizará este periodo. Algo que no ocurre si la excedencia laboral lo es por cuidado de un hijo o de un familiar, porque en este caso sí se tiene en cuenta el tiempo transcurrido.

La excedencia laboral por un periodo inferior al mínimo

Como hemos comentado más arriba, la duración mínima de la excedencia voluntaria es de cuatro meses. Sin embargo, como en muchas otras circunstancias, prima el acuerdo entre las partes. Es decir, es posible que empresa y trabajador acuerden una suspensión del contrato de mutuo acuerdo. Se podrán acordar entonces todas las condiciones, pero has de saber que esto es algo que ocurre muy pocas veces.

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Júlia Jiménez
Júlia Jiménez Periodista, redactora freelance y SEO copywriter www.lasletrasdejulia.com