¿Cómo reclamar una indemnización por accidente o caída?

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¿Quién no se ha caído alguna vez en la calle? Es lo que se considera como un accidente en la vía pública, y normalmente pasa sin más consecuencias, a menos que quien lo sufra resulte leve o gravemente herido. En ese caso, ¿sabrías cómo proceder? ¿Alguna vez te has planteado que existen indemnizaciones por accidentes en la vía pública? ¿Cuándo corresponde reclamar esa indemnización y cuándo no?

Lo más probable es que la respuesta a estas preguntas sea no. Y es que cuando nos caemos mientras vamos caminando por la calle tendemos a pensar que ha sido culpa nuestra, pero existen ciertas circunstancias que hacen que la responsabilidad se traslade a un tercero. Pasos de cebra, adoquines, parques… son muchos los espacios públicos que pueden presentar un estado inadecuado, y que puede ser el causante del accidente.

Es en esos casos en los que se deberá valorar la posibilidad de reclamar una indemnización por accidente en la vía pública.

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Causas frecuentes de accidentes en la vía pública

Las calles de cualquier municipio requieren una serie de cuidados y un mantenimiento, que es siempre responsabilidad del ayuntamiento. Por norma general, existe cumplimiento alrededor de esta cuestión. Pero, en muchas ocasiones, surgen problemas imprevistos en la vía pública que no son solucionados a tiempo. Y estos imprevistos pueden, en ocasiones, provocar accidentes.

Estas son algunas de las causas más habituales de accidentes en la vía pública:

Pavimento en mal estado o baldosas rotas

¿Alguna vez has visto una baldosa que sobresale del suelo de la calle? ¿O una parte del pavimento con defectos evidentes? Ello puede llegar a causar la caída o la torcedura de un tobillo de alguna persona que pase por encima. De hecho, es el factor más frecuente si hablamos de accidentes en la vía pública.

El motivo es que el sobresaliente que supone una baldosa rota o fuera de su lugar es bastante grande, pero a la vez es complicado de detectar uno por uno por parte de los ayuntamientos.

Presencia de socavones

Un socavón es un hundimiento de considerables dimensiones que se produce en el suelo de la vía pública. Generalmente aparece cuando tiene lugar una corriente por debajo de la tierra a causa de una tormenta. También puede hacer acto de presencia por existir un hueco bajo el suelo.

Normalmente, este tipo de desperfecto en la vía pública es bastante más complicado de solventar, aunque se detecta más fácilmente.

Suelo resbaladizo

Tras la lluvia, por culpa de la humedad o por otros motivos el suelo puede presentar un estado resbaladizo. Si ese estado se sale de lo normal, puede ser causa de resbalones por parte de los peatones, lo que a su vez puede derivar en diversas lesiones.

Lo más frecuente es que esos resbalones sucedan en pendientes hacia abajo, aunque no es infrecuente tampoco que se vea agravado el problema en otras zonas por la presencia de vegetación o musgo húmedo.

Nieve o hielo en el suelo

También relacionado con factores meteorológicos, muchos pueden llegar a pensar que esta no sería una causa de la que fuera responsable el ayuntamiento correspondiente. Sin embargo, aunque el gobierno municipal no puede controlar los factores meteorológicos, sí es su obligación llevar a cabo las labores de limpieza o retirada de nieve y hielo cuando estos aparecen.

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Alcantarillas o rejillas dañadas

Esta es quizá uno de los supuestos en los que los jueces suelen dar la razón con más frecuencia a los afectados, ya que las alcantarillas o rejillas de la vía pública deben permanecer siempre en perfecto estado y sin defectos, y es muy fácilmente detectable cuando no es así.

En este sentido, por ese mismo motivo suele ser una causa poco común, ya que las personas suelen evitar este tipo de zonas, sobre todo si no ofrecen una apariencia adecuada.

Falta de limpieza

En la misma línea, los ayuntamientos tienen el compromiso de mantener en óptimas condiciones de limpieza todas las zonas de la vía pública. Para ello, deben realizar tareas de limpieza prácticamente a diario, aunque habrá que valorar también los medios y recursos disponibles.

Si, por diferentes motivos, estas labores de limpieza no se llevan a cabo, una de las consecuencias es que las personas que pasen por la zona tropiecen o se caigan.

La obligación legal de los ayuntamientos

Aunque, por norma general, se entiende que las entidades locales o ayuntamientos tienen la obligación de mantener en perfecto estado la vía pública, ya sean zonas urbana o rurales, hay que destacar que esta obligación tiene ciertos límites.

El primero de ellos es el que tiene que ver con el tipo de defecto u obstáculo que dificulte el paso o el tránsito de las personas. Si este es insignificante o si resulta evidentemente visible, se entiende que la obligación no es tal. Es decir, hablamos de un mínimo estándar exigible, fuera del cual el ayuntamiento no se hace responsable.

Asimismo, en términos prácticos, no será lo mismo reclamar responsabilidades al ayuntamiento si se trata de una zona muy transitada que si hablamos de un lugar por el que casi nadie pasa nunca. Así, la obligación del mantenimiento de la vía estará directamente relacionada con la ubicación y las circunstancias de la misma.

La responsabilidad patrimonial

Respecto a la responsabilidad patrimonial que recae sobre la Administración Pública, en este caso por medio de los ayuntamientos o entidades locales, la ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su artículo 139, establece que:

“Los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por las Administraciones Públicas correspondientes, de toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos.”

De esto se deduce que la ley deja mucho espacio a la interpretación, por lo que serán los jueces los que en última instancia decidan, en base a las pruebas y testimonios aportados, hasta dónde llega la responsabilidad de la administración. De hecho, en el artículo 141 del mismo texto se establecen las siguientes limitaciones:

“Solo serán indemnizables las lesiones producidas al particular provenientes de daños que este no tenga el deber jurídico de soportar de acuerdo con la Ley. No serán indemnizables los daños que se deriven de hechos o circunstancias que no se hubiesen podido prever o evitar según el estado de los conocimientos de la ciencia o de la técnica existentes en el momento de producción de aquellos”.

En cualquier caso, si has sufrido un accidente en la vía pública y consideras que este se ha debido a un defecto o a un mal mantenimiento de la misma, no debes descartar la reclamación de una indemnización, siempre con el asesoramiento de abogados expertos en la materia.

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El procedimiento para reclamar una indemnización por accidente en la vía pública

Es muy importante tener claro cuál es el procedimiento en caso de sufrir un accidente en la vía pública. Muchas veces, por no disponer de esta información, las personas que han sufrido alguna lesión por culpa de un mal mantenimiento de la vía pierden el derecho a reclamar una indemnización.

1. Pide ayuda y busca testigos

Tan pronto como detectes que padeces algún tipo de lesión (siempre y cuando esta no sea grave y requiera asistencia médica urgente) y que esta se ha debido al mal estado de la vía pública, lo que debes hacer es pedir ayuda. Esto es, comunica a quien tengas cerca que te has caído y, si es posible, solicítale algún dato de contacto para que pueda declarar como testigo. Esto aportará credibilidad y valor a tu declaración en la celebración del juicio, si se llega hasta ese punto.

Adicionalmente, y sobre todo si las personas que te asisten no aceptan convertirse en testigos de tu accidente, lo que has de hacer es tomar fotografías del estado de la vía. También servirán como prueba.

2. Llama a la policía

La policía competente en estos casos es la Policía Local, a la que deberás avisar en caso de sufrir una lesión por accidente en la vía pública. Ellos se encargarán de levantar un atestado de lo que ha sucedido, de modo que absolutamente todo quedará perfectamente documentado.

Entre otros aspectos, el atestado recogerá cuál ha sido la consecuencia directa del accidente (tu lesión) y la posible causa (el desperfecto). Sin duda, este paso es clave para lograr acceder a una indemnización.

3. Pide una ambulancia o acude a un centro médico

Siempre en función de la gravedad de las lesiones, llamar a una ambulancia servirá para que el personal sanitario dé parte de las lesiones que has sufrido, y que estas no se agraven con el paso del tiempo. Pero, si los daños que has sufrido no justifican solicitar una ambulancia, no hay que descartar acudir a un centro médico.

Muchas veces, por prisa o por pensar que no nos pasa nada, decidimos continuar nuestro camino sin más. Pero es frecuente que, con el paso de las horas, el dolor se vuelva más intenso y la lesión más evidente.

En ese caso, aunque acudas más tarde al médico, es muy posible que no se pueda probar el nexo causal, por haber pasado horas desde que se ha producido el accidente. Y, en estos casos, es frecuente la pérdida del derecho a percibir cualquier indemnización.

4. Guarda toda la documentación

Este aspecto también es algo que solemos olvidar cuando sufrimos un accidente en la vía pública por una caída, un choque o un resbalón. Y es que no tenemos en cuenta que, si queremos acceder a una futura indemnización, será de gran ayuda aportar documentación que justifique los gastos derivados del accidente.

Estos gastos pueden ser de diversa índole. Por ejemplo, puede suceder que hayamos tenido que coger un taxi hasta el hospital. O que nos hayan recetado varios medicamentos o hayamos tenido que comprar unas muletas o una silla de ruedas. O bien que hayamos necesitado acudir a sesiones de fisioterapia para recuperarnos de un esguince, por ejemplo. En todos estos casos, deberemos guardar los recibos.

5. Solicita asistencia legal

Por supuesto, si queremos asegurarnos de que en todo momento se reconocen nuestros derechos, lo mejor es solicitar la asistencia de un abogado y, si está especializado en este tipo de casos, mucho mejor. Él nos ayudará a prepararnos de cara al posible juicio y a relatar los hechos de forma que quede totalmente clara la responsabilidad de la administración.

¿Qué importe me corresponde como indemnización?

Como hemos visto, existen varios factores que pueden hacer variar el grado de responsabilidad de la administración cuando alguien sufre un accidente en la vía pública. Algunos de estos factores pueden ser:

  • La ubicación y el nivel de tránsito de la zona en la que se produce el accidente.
  • El tamaño o visibilidad del desperfecto que supuestamente ocasiona la caída.
  • El tipo de lesión, la zona afectada y el tiempo que transcurre entre el momento del accidente y la visita al centro médico.

Por lo tanto, el abanico de indemnizaciones percibidas en este sentido es muy amplio, y dependerá de las circunstancias particulares. No obstante, queremos compartir contigo algunos casos reales, en los que las víctimas han percibido indemnizaciones muy diferentes entre sí:

Indemnización de 30.546 €

Un hombre resbaló, cayó, sufrió una lesión y estuvo dos días hospitalizado por pasar por encima de una tapa de Telefónica deslizante, cuya superficie era inestable y cuya ubicación era muy céntrica y transitada. Le indemnizaron con 30.546 €.

Indemnización de 7.582,29 €

Una mujer de 73 años tropezó con unos tornos que sobresalían del suelo, y que sujetaban a un banco que fue retirado. La mujer estuvo 148 días de baja y percibió 7.582,29 € de indemnización.

Indemnización de 2.425,40 €

En 2017, una mujer tropezó con una loseta que se había levantado por el desprendimiento de la argamasa. El tipo de material y su color dificultaban su visualización. La afectada recibió un total 2.425,40 €, al repartirse entre ella y la administración la responsabilidad. Se consideró que podría haberse sujetado a una barandilla y que el accidente se produjo en pleno día.

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Etiquetas relacionadas: Abogado, Accidente, Civil, Indemnización, Reclamación
Júlia Jiménez
Júlia Jiménez Periodista, redactora freelance y SEO copywriter www.lasletrasdejulia.com