Pensión alimenticia: las claves que debes conocer

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Ante un divorcio o separación con hijos en común uno de los puntos que genera más discordia y que merece más aclaraciones es el relacionado con la pensión alimenticia, el importe que periódicamente debe pagar, en concepto de manutención y gastos básicos, el cónyuge que no esté al cargo diario de los menores.

 Estamos ante un punto muy importante. ¿Por qué? No solo porque será un tema de confrontación, en los peores casos, y de debate, en los mejores, por encontrar entre los ex cónyuges un punto de entendimiento. Sino también porque el hecho de no cumplir con la pensión alimenticia es un delito penal incluido dentro del capítulo del abandono familiar. Esto significa que su no cumplimiento implica pena de prisión de tres meses a un año. Ante este panorama es necesario aclarar los conceptos básicos en torno a la pensión alimenticia para que en todo momento se tenga claro de qué se trata.

¿Qué es la pensión alimenticia?

Empecemos por lo básico. La pensión alimenticia es el pago que debe hacer el cónyuge que no se encargue del cuidado diario del menor o menores con el fin de sufragar parte de los gastos comunes que suponen mantener a un hijo. Se denomina así porque uno de los principales gastos es el de la comida, también ropa, alojamiento, educación y sanidad, las partidas a las que principalmente se destina la pensión.
Se entiende que si hay un gasto extraordinario de elevada cuantía este debe ser compartido los progenitores a mayores de la propia pensión.
Por lo tanto la pensión alimenticia se vincula con el convenio regulador que debe alcanzar una pareja para divorciarse o separarse. Quien tenga que pagar este concepto será aquel que no tenga la guarda y custodia de los menores, por lo que va todo unido. Y, en el caso de que en la pareja no haya acuerdo, al final es un juez el que tiene la potestad para decidir. Por lo que siempre es recomendable dejar las rencillas a un lado, aparcar el rencor, dejar los intereses personales a un lado, y buscar una solución que satisfaga el crecimiento sano del hijo.
Al tratarse de un pacto entre la pareja, es posible que exista la opción de no pagar esta pensión alimenticia. Si la persona que tiene la guarda del pequeño decide que no quiere el dinero que le corresponde pagar al otro cónyuge está en su derecho. Eso sí, todo debe quedar por escrito, claro, blanco sobre negro. Porque de lo contrario puede haber suspicacias y acabar en los juzgados con un gran problema.

¿Hasta cuándo se paga la pensión alimenticia?

Esta es una buena pregunta a la que vamos a dar respuesta. La Ley indica que el pago se tiene que hacer hasta que el hijo sea auto suficiente. Por lo tanto, a pesar de que cumpla la mayoría de edad, eso no implicará que haya que dejar de abonar puntualmente la pensión. Ahora bien, esto tiene matices.
¿Puede un hijo vago dedicarse a vivir del cuento mientras cobra la pensión de papá o mamá? No, no puede. Aunque hay que demostrarlo. Se establece que si un hijo mayor de edad no tiene la voluntad de buscar empleo ni de estudiar, y se le presupone mala fe por este motivo, el pagador podrá reclamar ante los juzgados su derecho a no pagar.
Otra forma en la que se pone fin al pago de la pensión es cuando el progenitor no tiene los ingresos suficientes como para asegurar su propia viabilidad. Esto es, en resumidas cuentas, que el dinero que obtenga en primer lugar debe destinarse a tener cubiertas sus necesidades básicas. Es el Código Civil el texto jurídico que regula el tema de los alimentos, y a partir de su Artículo 142 se detallan todas las condiciones. No se fija una cuantía mínima de ingresos, pero sí se indica como motivo del cese del pago “cuando la fortuna del obligado a darlos se hubiere reducido hasta el punto de no poder satisfacerlos sin desatender sus propias necesidades y las de su familia”.
Otro motivo de peso para dejar de pagar la pensión, en este caso por fuerza mayor, es cuando el pagador fallece. Parece lógico, ¿verdad? Sí, pero esconde una consideración importante: la obligación de pagar no es hereditaria.
Por último, el Código Civil indica que si el alimentista (la persona que tiene derecho a recibir la pensión) comete alguna falta de las que dan lugar a la desheredación, este se quedará sin recibir más dinero.
En cuanto a los tiempos en la forma de pago, generalmente se considera que la pensión debe ser mensual, salvo que en el convenio se haya establecido expresamente otra periodicidad.

¿Cómo se calcula la pensión?

Este es uno de los puntos clave. ¿Cómo sé cuánto debo pagar por este concepto? Bien, no se trata de una cuenta azarosa, sino que tiene en cuenta los condicionantes que envuelven a los padres.
En primer lugar hay que definir qué tipo de custodia se sigue, si es monoparental, o es una custodia compartida. Evidentemente influye el número de hijos a los que haya que mantener, hay diferencias regionales que se deben tener en cuenta (influye en el cálculo de los costes de la atención). Para cualquier duda, puedes consultar a algún abogado especialista en derecho de familia que trabaje en la provincia donde vaya a residir el menor, en Easyoffer encontrarás fácilmente y de forma gratuita la ayuda que necesitas para localizar a tu profesional de confianza.
Con esos datos puestos sobre la mesa queda despejar las últimas incógnitas que van a marcar la cuantía. ¿Cuánto cobran los padres? La pensión alimenticia trata de ser un sistema justo por lo que tendrá en cuenta los ingresos de uno y otro progenitor para fijar la cuantía. Además también es importante definir el número de días que pasará con uno y otro, y si el alimentista tiene necesidades especiales.
Para que sirva de ejemplo, ya que gracias a la web del CGPJ se puede calcular de una forma aproximada. Para la custodia compartida de un niño en Madrid capital, en 2016, con un progenitor A con un sueldo mensual de 2.000 euros, y un progenitor B que ingresa al mes 1.250, siendo A quien se ocupe de ese pequeño durante todos los días del año menos dos fines de semana al mes (317 días), el resultado es que B debe pagar mensualmente 136 euros (a los que hay que sumar los gastos de vivienda y educación, algo que calculan los operadores jurídicos).

¿Se puede modificar esta cuantía o es fija hasta el final?

Al depender de las condiciones económicas de los progenitores, el importe es revisable. Esto es importante para asegurar la proporcionalidad de los pagos. En nuestro anterior ejemplo, si el progenitor B lograse un ascenso y su sueldo en vez de 1.250 euros mensuales fuese de 2.000, la pensión subiría hasta los 212 euros.
¿Puede pasar que un progenitor no informe sobre su nueva situación económica por conveniencia? Puede ser, pero en el caso de que se entere el otro progenitor le puede denunciar. Y quien se las dio de listo tiene las de perder.

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¿Qué sucede si no se paga la pensión?

Esta es otra de las dudas frecuentes. Igual el pagador se cansa y decide, unilateralmente, que no paga más. Que ya está bien, que su hijo se busque la vida. No es un caso tan extremo, se puede pensar en padres que quieren que su hijo trabaje en lugar de seguir estudiando, por ejemplo:
¿Es esta buena opción para quien debe abonar la pensión? Se lo adelantamos: no. ¿Y qué me va a pasar? Preguntarán los más insistentes. Pues lo siguiente.
El hecho de no pagar la pensión alimenticia se puede considerar un delito según lo que establece el propio Código Penal, en su Artículo 227. Dice lo siguiente, que incurrirá en delito “el que dejare de pagar durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos cualquier tipo de prestación económica en favor de su cónyuge o sus hijos, establecida en convenio judicialmente aprobado o resolución judicial en los supuestos de separación legal, divorcio, declaración de nulidad del matrimonio, proceso de filiación, o proceso de alimentos a favor de sus hijos”.
Por lo tanto, quien decida de un modo particular no pagar más la pensión se enfrenta a un delito de abandono de familia y podría tener que cargar con una sentencia de entre tres meses y un año de cárcel, y multa de seis a 24 meses.
Además para hacer frente a las indemnizaciones por los daños cometidos podrían incluso embargarle los bienes o el sueldo, por lo que lo de no pagar la pensión puede ser una muy mala jugada.

Por supuesto, la figura del abogado está para ayudar. Ante el trámite de un divorcio, separación o nulidad es necesario que encuentres a un profesional de garantías que te ayude con el proceso, que te asegure un convenio digno y que intervenga en aspectos como el de las pensiones alimenticias. Un letrado te servirá también para defenderte o atacar si a lo largo de los meses que estés pagando o recibiendo el dinero tienes algún problema.
En cualquier caso, lo más sencillo y cómodo es recurrir a Easyoffer. Con solo rellenar un formulario online en el que detallar tu caso nosotros filtraremos a los abogados especialistas en derecho familiar que mejor encajen en tus necesidades y dentro de tu área geográfica. De forma gratuita y sin compromiso recibirás hasta tres presupuestos personalizados para que puedas comparar opciones y elegir al profesional con el que te encuentres más a gusto, y al mejor precio.