Cláusula suelo: qué es y cómo reclamar tu dinero

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Todas aquellas personas que tienen que hacer frente a una hipoteca están de enhorabuena. ¿Por qué? Porque el Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid ha declarado nula la cláusula suelo que recogen las condiciones de los préstamos hipotecarios otorgados por las entidades bancarias, lo que supone que bancos y cajas deberán devolver los importes debidamente cobrados desde mayo de 2013.

Antes de celebrar y sacar el champán es bueno recapitular. La batalla contra las cláusulas suelo lleva recorrido un largo camino de pleitos que tuvo uno de sus hitos precisamente en mayo de 2013 cuando el Tribunal Supremo declaró ilegales estas cláusulas (en los casos en los que no se hubiera advertido de su existencia), condenó a BBVA, Abanca y Cajamar, y sentó jurisprudencia sobre su uso obligando a los prestamistas a informar claramente al consumidor sobre lo que estaba firmando.

Pero, ¿qué es una cláusula suelo?

Empecemos por el principio. Si usted está hipotecado por la compra de su casa debe ir a por el contrato que firmó con la entidad bancaria y buscar si este contiene una excepción que en esencia, y pudiendo variar la terminología utilizada pero no el sentido de la misma, dictará que independientemente de lo que baje el Euribor (el tipo europeo al que se prestan dinero los bancos y que sirve de referencia para el cálculo de hipotecas) habrá un límite a partir del cual el precio de su préstamo no bajará más. Si es su caso, puede empezar los festejos.

Esa cláusula es la que se conoce como suelo, es decir, marca un tope a la baja para protegerse ante eventuales caídas del Euribor. Desde su creación es una medida que creó controversia y que no todas las entidades aplicaron, ya que además de la dudosa legalidad que suponía se rodeaba de una atmósfera de secretismo con el objetivo de engañar, o no decir toda la verdad, a la persona que buscaba financiar la compra de su vivienda.

En principio esta cláusula suelo podía ser negociaba entre banco y cliente pero en la práctica debido a esa falta de transparencia eran entidades que prestaban el dinero las que tenían todo el poder para fijar sus límites.  Estas condiciones ya pusieron en alerta a la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) hace siete años, cuando la crisis empezó a golpear notablemente a la economía europea y el Euribor en aquel entonces pasó de fluctuar en torno al cinco por ciento (en octubre de 2008) a hacerlo por debajo del uno a partir de 2009. Fue entonces cuando los clientes, pensando que se iban a ahorrar un dinero importante, se dieron cuenta de que su hipoteca no bajaba tanto como el Euribor y se empezó a sospechar que algo no marchaba bien.

A raíz de las demandas posteriores, el último mes de 2015 el Gobierno y los bancos pactaron el fin de este tipo de cláusulas aunque no se aseguró el carácter retroactivo de la medida a la espera del juicio que estaba en curso contra 101 entidades españolas. Ahora se ha ido un paso más allá en la defensa de los intereses de las personas.

¿Qué va a cambiar con la sentencia del Juzgado de lo Mercantil de Madrid?

Tras una demanda conjunta de 15.000 consumidores de hipotecas coordinada por ADICAE (plataforma de usuarios de bancos y cajas que tiene presencia en todas las comunidades autónomas), la jueza titular ha sentenciado condena para 40 bancos y cajas españoles anulando las cláusulas suelo y exigiendo de forma legal que se devuelva el dinero injustamente cobrado durante este tiempo a cada uno de los consumidores, lo que supone un montante importante de dinero como es obvio y también un previsible volumen considerable de particulares que a partir de ahora, con la puerta que ha abierto el Juzgado, acudirán a los órganos judiciales para reclamar lo que les corresponde.

En este sentido es importante destacar que si quieres recuperar tu dinero es recomendable que cuentes con un abogado experto en temas bancarios que te ayude a preparar la defensa y la documentación necesaria para agilizar lo máximo posible, con eficacia, la demanda. Easyoffer pone a tu disposición a los mejores expertos para que rápidamente contactes con un abogado de garantías que defienda tu caso. Cuéntanos tu situación y un equipo de letrados elaborará para ti hasta tres presupuestos personalizados, gratuitos y sin compromiso para que puedas elegir la opción que mejor se ajuste a tu necesidad.

No obstante la sentencia no es aún definitiva ya que cabe ante ella recurso y es previsible que las entidades bancarias puedan acudir a ello, a pesar de que todo hace indicar que la posibilidad de que salgan victoriosas de este proceso es reducida. No solo desde España se ha intentado suprimir estas cláusulas suelo sino que incluso la Comisión Europea, según recogió el diario Expansión en 2015, avisó del peligro que suponía para la banca este tipo de condiciones que ahora se consideran abusivas.

¿Cuánto dinero puede suponer esta demanda?

Es difícil calcular exactamente, al menos de momento, a cuánto ascenderá el flujo económico que ha de moverse desde los bancos hasta sus clientes. Medios de comunicación como El País exponen, aludiendo a las diferentes partes, que la sentencia supondrá cantidades de “miles de millones” según ADICAE mientras que los Analistas Financieros Internacionales (AFI) estiman en “unos 5.259 millones” lo que tendrán que devolver los bancos como consecuencia de los intereses cobrados desde mayo de 2013 a diciembre de 2015. A la vista de esta situación no fueron pocas las entidades que han ido preparando a lo largo de los últimos años un fondo para cubrir estos gastos reclamados judicialmente.

En la lista de entidades afectadas figuran las siguientes: Liberbank, Banco Popular, Bankia, Kutxabank, Laboral Kutxa, Ibercaja, Sabadell, CaixaBank, Credifimo, Caja de Ontinyent, Unicaja, Banco Mare Nostrum, Celeris, Banca March, Banca Pueyo, Banco Caminos, Bancofar, Grupo Caja rural, Caixa de Guissona, Gobalcaja, Bantierra, Banco de Comercio, Banco Etchevarría, Banco Santander y Arquia Caja de Arquitectos; con todas sus filiales, las cajas que de ellos dependen y los procesos de absorción que hayan mediado hasta llegar aquí.

Por lo tanto estamos ante una sentencia que afecta a prácticamente la totalidad de entidades bancarias, al menos las que más peso tienen en el sistema financiero español incluyendo las que cotizan en el IBEX 35.

A pesar de que han sido 40 los bancos y cajas españoles condenados lo cierto es que la demanda inicial planteada por ADICAE incluía a 101 entidades, pero se tuvo que ver paralizada debido a que el procurador de esta causa por parte de la plataforma de usuarios desapareció tras un naufragio del barco en el que viajaba por Indonesia, según contaba en octubre de 2014 el periódico El Mundo.

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¿Cómo hacer para reclamar mi caso?

Esta es a la vez la parte más importante y la más complicada, ya que una vez emitida la sentencia habrá que esperar a que sea en firme tras los recursos que puedan presentar las partes, por lo que aún puede quedar algo de camino por recorrer hasta encontrar la definitiva luz al final del túnel que supone para muchas familias esta cláusula suelo.

En cualquier caso lo primero que deberás hacer es acudir al a escritura de tu hipoteca y revisarla con detenimiento para verificar si en efecto también se ve afectada por las cláusulas suelo. Si está firmada en 2016 es prácticamente seguro de que estará libre de esta condición pero todas las hipotecas firmadas con anterioridad podrían estar incluidas en esta sentencia del Juzgado de lo Mercantil. Además tendrás que reunir la documentación mínima exigible: escritura de hipoteca, escritura de subrogación si la hay y uno de los últimos recibos, y sería recomendable si pudieras acceder a las comunicaciones que tuviste con tu banco por el motivo de la hipoteca (emails por ejemplo).

El hecho es que solo se podrán reclamar los importes a partir de mayo de 2013 que es cuando se dictó la primera sentencia por parte del Supremo al respecto. No obstante el caso podría evolucionar ya que un tribunal de Granada preguntó al Tribunal de Justicia de la Unión Europea por la retroactividad de este caso (es decir, que se aplique la sentencia con posterioridad a la fecha de su emisión). La respuesta podría llegar en los próximos meses, sentando o no un nuevo precedente.

El segundo paso, una vez comprobado que efectivamente has estado pagando más de lo que te correspondía durante los últimos años, será calcular cuánto ha sido la desviación entre lo legal y la realidad. Este puede ser un cálculo complejo y dependerá del tipo de hipoteca y las condiciones generales que se recojan en el contrato. En cualquier paso para averiguar este importe puedes ponerte en contacto con un abogado o con una asesoría experta en derecho bancario con conocimientos en economía. No será difícil encontrar una gracias a Easyoffer, que analiza para ti las mejores opciones y te ofrece hasta tres presupuestos gratuitos y sin compromiso.

Una tercera base en tu actuación será el acudir a la oficina de información para clientes de tu banco, o directamente a la entidad bancaria donde te atendieron o donde suelas dirigirte. Allí deberás solicitar la supresión de la cláusula suelo y pedir la modificación de tu contrato aunque recomiendan que para evitar tasas no se tengan que firmar nuevas condiciones, sino trabajar sobre las que ya existen. Además debes presentar una reclamación por los intereses cobrados indebidamente.

En principio la entidad bancaria te atenderá la reclamación, pero en el caso de que no fuese así tienes la opción de acudir directamente al Banco de España donde también se puede reivindicar esta situación. Los plazos de resolución que marcan para emitir un veredicto pueden llegar hasta los cuatro meses por lo que es importante que tengas en cuenta que el dinero que te corresponde por la cláusula suelo no va a ser inmediato sino que conlleva un proceso largo ante el que es importante que no desesperes, y que te pongas en manos de un especialista para estar bien asesorado en todo momento y saber con exactitud qué pasos dar y hacia qué dirección.

El último escalón de la escalera que conduce hacia la recuperación de tu dinero sería solicitar a tu entidad que reembolse el dinero mal cobrado. Y aquí es precisamente donde lo más seguro es que el cliente reciba la negativa por parte de su banco por lo que hay que recurrir a la vía judicial y reclamar mediante una demanda el pago y la eliminación de la cláusula suelo, iniciando un procedimiento que de nuevo no va a ser breve pero en el que el usuario de la hipoteca tiene todas las papeletas para ganar gracias a la cantidad de sentencias que ya se han emitido en contra de las condiciones establecidas por los bancos.

En resumen, haciendo un compendio de la evolución hasta nuestros días:

La cláusula suelo sirvió a los bancos para no tener que ajustarse al Euribor en los momentos en los que este más cayó, aplicando una condición que en la mayoría de los casos ni siquiera se informó ni explicó al consumidor. Esta práctica se advirtió sobre todo a partir de 2008 cuando el Euribor pasó del 5 por ciento a estar por debajo del uno.

En 2013 el Tribunal Superior ya castigó a algunas entidades bancarias al entender que estas no eran transparentes, y sentó jurisprudencia para que fuese obligatorio informar a los usuarios de hipotecas.

En 2015, consecuencia de una serie de demandas posteriores, el Gobierno de España y las entidades financieras acordaron suprimir estas cláusulas suelo, sin asegurar el carácter retroactivo, a la vista de la posible sentencia que estaba al caer.

A principios de abril de 2016 la sentencia del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid en respuesta a la macrodemanda presentada por ADICAE declara nulas las cláusulas suelo e impone a las entidades bancarias devolver el dinero cobrado indebidamente (aunque aún se pueden presentar recursos contra este veredicto) desde mayo de 2013, cuando el Tribunal Superior de Justicia en España ya emitió una sentencia al respecto aunque sin carácter retroactivo.

Queda por saber la respuesta que dará el Tribunal de Justicia Europeo a una cuestión presentada por los juzgados de Granada en cuanto a la retroactividad de estas sentencias más allá de mayo de 2013.

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