Cómo disolver y liquidar una empresa

¿Necesitas un abogado? Hemos ayudado a personas a encontrar abogado hoy.

¿Necesitas un abogado? Te ayudamos a encontrar un abogado hoy.

Por favor contesta unas pocas preguntas para ayudarnos a encontrarte abogados en tu zona.

En el momento actual, caracterizado por la crisis sanitaria provocada por el coronavirus COVID-19 y por la declaración del estado de alarma por parte del Gobierno, va a ser más que frecuente que empresas de cualquier tipo y sector se vean abocadas al cierre. A pesar, incluso, de las medidas que se están aprobando para hacer más llevadero este ‘parón obligatorio’ del consumo.

En el momento actual, caracterizado por una crisis económica, va a ser más que frecuente que empresas de cualquier tipo y sector se vean abocadas al cierre.

La primera recomendación para quien no tenga más remedio que enfrentarse a esta situación es que busque el apoyo de profesionales expertos en disolver y liquidar una empresa. Ellos te ayudarán a atravesar cada una de las fases del cierre de la empresa (disolver, liquidar y extinguir) con más dosis de paciencia y tolerancia.

La primera fase: disolución de la sociedad

Cómo disolver una sociedad no es tuna tarea fácilPara empezar, es imprescindible definir cuál es la causa para disolver la empresa, de entre todas las que prevé la ley. Las principales son:

  • Cese de la actividad que constituye el objeto social de la empresa, incluso por haber alcanzado el objetivo establecido en los estatutos.
  • Imposibilidad de continuar con el objeto social de la empresa.
  • Bloqueo de los órganos de gobierno de la empresa.
  • Por decisión de la Junta General.
  • Existencia de pérdidas tan importantes que el patrimonio neto caiga a menos de la mitad del capital social. 

El último punto suele ser el motivo más frecuente de en la disolución de una sociedad.

Siempre en función del tamaño de la empresa, será la Junta General de Accionistas el órgano que acordará cómo disolver la empresa. En las siguientes proporciones:

  • Sociedad Limitada: en una sociedad limitada requiere la mayoría de los votos de los socios y que representen al menos un tercio del capital.
  • Sociedad Anónima: para este tipo de empresa se necesita la mayoría de votos, sin requisito mínimo de capital.

El acuerdo para disolver la empresa se ha de elevar a escritura pública para inscribirse después en el Registro Mercantil. Pero recuerda que las cosas han cambiado ahora que rige el estado de alarma por culpa de la crisis del coronavirus: hasta nuevo aviso, se ha decretado el aplazamiento de los procesos para disolver las empresas. Aunque solo en algunas circunstancias.

La segunda fase: liquidación de la sociedad

Tras la inscripción en el Registro Mercantil, comenzará el proceso de liquidación de la empresa. En esta fase, los administradores pasan los poderes a los liquidadores previamente designados. Estos últimos se dedicarán a recuperar las deudas pendientes de cobrar por parte de la empresa, para lo cual pueden resultar muy útiles los procedimientos monitorios por impago de facturas.

Aparte, tendrán que pagar a todos los proveedores, a los bancos y al resto de acreedores. Al terminar, el remanente se repartirá entre los socios en función de su participación en el capital social. Para dar este paso, se realiza el Balance de Liquidación Final, que debe ser aprobado también por la Junta General, dando por concluido el proceso de liquidación de la sociedad.

La tercera fase: la extinción de la empresa

Es momento ahora de formular una escritura pública en la que se deje constancia de los siguientes puntos:

  • El cumplimiento del plazo para impugnar el acuerdo de la Junta General, aportándole por lo tanto el carácter de definitivo.
  • La liquidación de todas las deudas de la empresa y el reparto del remanente entre los socios.

La escritura pública se inscribirá también en el Registro Mercantil, que procederá a realizar el asiento de cancelación. Tras este último paso, la empresa desaparece jurídicamente. Pero es posible que aún queden flecos sueltos. No te olvides de:

  • Dar de baja la empresa en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Tributaria y en el Impuesto sobre Actividades Económicas.
  • Cerrar las liquidaciones de IVA y de Sociedades.
  • Tramitar la baja de los trabajadores.
  • Proceder al cierre efectivo de todos los centros de trabajo.

Para terminar, un consejo: tanto si tu situación es irremediable te ves obligado a disolver y liquidar tu empresa, como si te encuentras aún a tiempo de evitar el cierre de la misma, lo mejor es rodearte de abogados expertos.

¿Cómo contratar a un abogado para disolver y liquidar una empresa?

Te sugerimos solicitar presupuesto a varios despachos de abogados especializados en Derecho Mercantil, que podrán aconsejarte sobre el modo de disolver y liquidar una empresa. Puedes hacerlo gratis aquí.

En Easyoffer te ofrecemos presupuestos gratis y sin compromiso de hasta 3 abogados para que puedas elegir al despacho más conveniente para la situación de tu empresa.

Etiquetas relacionadas: Empresa, Mercantiles
Júlia Jiménez
Júlia Jiménez Periodista, redactora freelance y SEO copywriter www.lasletrasdejulia.com