Cómo hacer la declaración de IVA, ¿trimestral o mensual?

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Por norma general, los autónomos declaran el IVA al término de cada trimestre, cuatro veces al año. Esto es lo estipulado. Sin embargo, hay casos en los que puede beneficiarte declarar el IVA de forma mensual. Nosotros te informamos y tú te lo piensas, ¿te parece?

Aunque te lleve los papeles un gestor, nunca está de más conocer cómo funcionan estas cosas, ¡en España “nacen” autónomos cada día! Descubre la fórmula que más te conviene.

Impuesto sobre el Valor Añadido

El IVA es un impuesto que se paga al Estado por un producto o servicio. Realmente, recae en el consumidor final, ya que los autónomos o empresas que participan en la “cadena de producción” solo trasladan su IVA al siguiente eslabón, hasta que ya no quedan más, claro. Puede decirse que actuamos como intermediarios, y al declarar, hay que pagar a Hacienda la diferencia entre el IVA que hemos cobrado a nuestros clientes (IVA facturado, también llamado IVA devengado o repercutido) y el que hemos soportado en nuestras compras (IVA soportado o IVA deducible).

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Cuándo toca Declaración de IVA

La Declaración de IVA se presenta cuatro veces al año, después del cierre de cada trimestre. Las fechas límites para hacerlo son el 20 de abril (declaras enero, febrero y marzo), el 20 de julio (declaras abril, mayo y junio), el 20 de octubre (declaras julio, agosto y septiembre)
y el 31 de enero (declaras octubre, noviembre y diciembre), fecha en la que se presenta también el resumen anual de actividad.

Para hacer la liquidación del impuesto, cada trimestre se rellena el modelo 303, y a final de año también el modelo 390, el del resumen anual. Es sencillo, se trata de sumar: por un lado todo el IVA que se haya cobrado a los clientes en las correspondientes facturas, por otro el IVA pagado en las facturas de proveedores y de gastos de la actividad empresarial o profesional. El cálculo de la diferencia de ambas cantidades es el resultado de la declaración trimestral. Si es positivo, es decir, si has facturado (y cobrado) más impuestos que los que has pagado, entonces la declaración te sale “a ingresar”, y tendrás que pagar a Hacienda ese dinero. Si la declaración es negativa y te sale “a devolver”, Hacienda procede a la compensación o devolución. El resultado también puede ser “cero” y en ese caso, Hacienda y tú estáis empatados.

¿Declaración trimestral o mensual?

Liquidar el IVA trimestralmente es la opción más cómoda, exige menos trámites y es la que escogen por defecto la mayoría de los autónomos. Sin embargo, existe la posibilidad de declarar el IVA mensualmente. Es lo más recomendable si tus ventas son inferiores a tus compras, es decir, si el IVA que facturas se ve claramente superado por el que soportas al adquirir productos o servicios para desempeñar tu labor profesional. Siendo así, el resultado de la declaración será casi siempre negativo (a devolver) y si solicitas la devolución mensual, tu negocio tendrá mayor liquidez. En el caso de emprendedores que necesiten desembolsar mucho capital al inicio de un negocio, o de aquellas empresas que facturan a un tipo de IVA reducido mientras que soportan mayoritariamente el tipo de IVA general, es una alternativa muy buena.

También es la fórmula para personas o sociedades con clientes en el extranjero, exentos de tributar IVA.

Para acogerte a esta periodicidad, tendrás que darte de alta en el Registro de Devolución Mensual, presentando telemáticamente el modelo 036 en el mes de noviembre del año anterior a aquél en que deba surtir efectos. Ojo, si te inscribes, tendrás que permanecer en este régimen al menos un año, y además de presentar mensualmente el modelo 303, también tendrás que hacer el modelo 340 de Declaración de la renta informativa de operaciones en libros registro, en el que constan los libros-registro de facturas emitidas y recibidas, y el Resumen Anual del IVA. Si te lo estás pensando, ten en cuenta la carga de trabajo que supone el envío mensual de esta información. ¡Solo será beneficioso si la devolución realmente compensa!

Y si no te gusta el papeleo…¡piensa que a nosotros sí! Podemos hacerlo por ti.

Etiquetas relacionadas: Asesor, Impuestos, IVA