Libertad de Expresión y Delitos de Odio, ¿qué debo saber?

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La aparición de las redes sociales ha supuesto un cambio radical en nuestras vidas y en el mundo que nos rodea. Cada vez son menos las personas que reciben la información a través de la televisión o de los periódicos de papel. Millones de personas revisan sus perfiles en aplicaciones como Facebook o Twitter para enterarse de lo que pasa en el mundo sin salir de su cama, pero no todo iban a ser facilidades. A pesar de la Libertad de Expresión en España, compartir opiniones, informaciones, ideas o noticias en tu perfil de Internet puede traer repercusiones, y de ello te vamos a hablar hoy en el blog de Easyoffer.

De acuerdo con el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión” pero, ¿es realmente cierto?

Tipos de delitos según la legislación

Según el Artículo 20 de la Constitución española, “la libertad de expresión es un derecho fundamental del ser humano que garantiza la posibilidad de expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción”. Este tipo de autonomía debe ejercerse con responsabilidad y, por lo tanto, conlleva ciertas obligaciones. Su límite aparece cuando vulneran los derechos de otras personas. Es, ese momento, cuando deja de ser un derecho y pasa a formar parte de un delito o una falta de respeto. Es ahí cuando entra en juego el juez.

Es el magistrado quien pone las cartas sobre la mesa y decide si realmente se ha cometido una infracción y, por consiguiente, dicta una sentencia. Según el Artículo 510 del Código Penal, dentro del capítulo relativo al ejercicio de los derechos fundamentales, esa amonestación puede derivar en dos sanciones: la más grave, prisión de uno a cuatro años si consta de una incitación al odio o amenazas (hasta cinco años si la responsable es una persona jurídica), o prisión de seis meses a dos años de cárcel y multa de seis a doce meses.

Según dicho Artículo, serán penados “quienes públicamente, fomenten, promuevan o inciten directa e indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de pertenencia a aquél, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, razones de género, enfermedad o discapacidad”.

En los últimos años, con la aparición de las redes sociales, ha surgido un nuevo tipo de delito en relación con el anterior: el incitar a cometer desórdenes públicos a través de mostrar ciertas opiniones en aplicaciones como Twitter. Esto está recogido en el Artículo 559 del Código Penal: “es delito difundir públicamente, a través de cualquier medio, mensajes que sirvan para reforzar la decisión de cometer algunos de los delitos de alteración del orden público”.

La Unión Europa y Estados Unidos no cuentan con una regulación concreta sobre la libertad de expresión en internet puesto que esto supondría tener cierto control sobre la sociedad. Los dirigentes más importantes del panorama europeo se han mostrado en contra de poner un reglamento específico para la opinión en la red puesto que, este tipo de intervención, es común en países autoritarios como Corea del Norte o China.

En España, han sido varios los casos de cantantes (y al mismo tiempo, también usuarios de las redes sociales) que terminan en los Tribunales; César Strawberry, Ayax y Prok o Pablo Hásel, pero el más reciente es el del rapero Valtónyc a causa de las letras de sus canciones, que ganan en difusión gracias a plataformas como Youtube. Ha sido la Audiencia Nacional la que ha condenado al rapero mallorquín, Josep Miguel Arenas, a tres años y medio de prisión por injurias a la corona, amenazas y delitos de terrorismo. No es la primera vez que el balear sufre denuncias por sus controvertidas letras. En 2012, el alcalde de Sineu, un municipio de Mallorca, levantó represalias contra el joven y sus letras, pero aquella vez, fue absuelto. El pasado mes de febrero de 2018, el Tribunal Supremo confirmó la condena de tres años y seis meses de prisión por delitos de enaltecimiento del terrorismo, calumnias e injurias graves a la Corona.

Pero, ¿cuáles son los límites de la libertad de expresión?

Los límites de la libertad de expresión se encuentran infundados por toda aquella opinión que pueda mantener un contenido amenazante o incite a la violencia. En el párrafo 4 del artículo 20 de la Constitución española, se exponen claramente las fronteras y los límites de la libertad de expresión y de información. “Estas libertades tienen su límite en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia”, pero no marca de una manera clara cuáles es la frontera entre ambos.

El límite se establece sobre aquellas informaciones que puedan afectar a la vida social del sujeto al que se refiere. Por ello, hay que establecer una clara distinción entre la libertad de expresión; en la que toda aquella persona que lo desee puede expresar su opinión libremente y, el derecho a la información, anclado a la verdad y al interés general que pueda servir como elemento principal para que los individuos conozcan una noticia que pueda afectarles directa e indirectamente.

Se castigará, por lo tanto, cualquier tipo de injuria o calumnia según el Código Penal. En el artículo 205 del mismo, se entiende como calumnia a “la imputación de un delito hecha con conocimiento de falsedad o temerario desprecio hacia la verdad”. Y, en el 208, se define injuria como aquella “acción o expresión que lesiona la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentado contra su propia estimación”.

Que existan ciertos límites a la hora de hablar sobre la libertad de expresión no quiere decir que no se pueda mostrar ningún tipo de opinión. No es eso de lo que se habla en la legislación puesto que para ello nos encontramos en un país puramente democrático que busca diferenciarse de aquellos estados totalitarios en los que están prohibidos los medios de expresión. Vivir en una Democracia conlleva sus beneficios pero, aun así, a la hora de expresar cualquier tipo de opinión crítica contra otra persona o institución es esencial andar con pies de plomo y que el mensaje que queremos enviar dependa, sobre todo, de la actitud que queremos darle. Hay que equilibrar una balanza en la que, en muchas ocasiones, se puedan crear chistes, pero no se utilicen medios violentos para los mismos.

¿Qué hago ante una violación de la libertad de expresión?

En lo que respecta a la implicación en una violación de la libertad de expresión se podrían dar dos casos. En primer lugar, cuando vulneran tu derecho al honor o la intimidad o, en el segundo lugar, cuando has vulnerado el derecho al honor o a la intimidad de otro.

Pongámonos en situación: Hay un individuo en una red social como Twitter que no para de enviar mensajes en los que te falta el respeto. Al principio, no le das mucha importancia, pero la situación cada vez va a más. Al final te cansas e incluso tienes miedo. En primer lugar, debes ponerte en contacto con la plataforma en la que esa situación está sucediendo; dicha aplicación estudiará el caso, eliminará el perfil del susodicho o alegará que dicho individuo no vulnera la política de contenidos de la plataforma y, el autor, es amparado por la libertad de expresión. Tras esta situación, lo más viable es acudir a una comisaría de policía para averiguar el usuario que se esconde detrás de aquella cuenta que está vulnerado tus derechos. Para ello, es necesario contar con pruebas que verifiquen dicha actitud; sería vital poseer capturas de pantalla sobre los mensajes por si el individuo ha decido borrarlos para no dejar rastro del mismo. Además, sería fundamental contar también con la colaboración de Google, Facebook o Twitter puesto que cuentan con datos sobre el denunciado.

En cualquier caso, si eres víctima de acoso online o crees que tus derechos han sido vulnerados, lo más recomendable es contactar con un abogado especialista en la materia que pueda guiarte y protegerte. En Easyoffer ponemos a tu disposición a especialistas cerca de ti: cuéntanos tu caso y recibirás, en un plazo de 24 horas, de forma gratuita y sin compromiso, hasta tres presupuestos de letrados que pueden ayudarte.

Ahora bien, hay que tener en cuenta que la investigación presenta diversas dificultades. En primer lugar, la identificación de la persona, puesto que puede no contener ningún tipo de información sobre la misma y utilizar fotografías de personajes famosos o de cualquier otro tipo de contenido disponible en la red (no obstante, el derecho al anonimato existe, e incluso la ONU pide protegerlo).

Otro de los inconvenientes con los que podemos encontrarnos sería la colaboración con las empresas puesto que, al ser extranjeras, se necesita de un tiempo mayor para ponernos en contacto con ellas. Y, por último, acreditar que la persona acusada es la misma que ha cometido el delito y no está suplantando la identidad de otro individuo.

Si por el contrario eres tú quien ha vulnerado el derecho al honor y la intimidad de otro sujeto, lo más recomendable es, junto a tu abogado, buscar estrategias que pidan ampararse a la libertad de expresión. A pesar de conocer que tiene límites, el perjudicado puede recurrir al primer apartado del artículo 20 de la Constitución española puesto que vivimos en un país que es libre en el que se pueda expresar todo aquello que se desea.

En este caso, se puede alegar a la funcionalidad de la misma, es decir, el motivo por el que esos comentarios fueron escritos. Para ello, es vital una explicación previa que, según el criterio del juez, puede ser amparada por la libertad de expresión; pero no es una opción muy recurrente y efectiva. Como esta opción no resulta del todo factible, lo más recomendable sería recurrir a una persona especializada en el tema que pueda disminuir la pena del individuo en una simple multa que, en el mejor de los casos para el acusado, no supere los 200 euros.

De este modo, si no ha incitado al odio en sus mensajes, podría evitar la cárcel y disminuir el desequilibrio social, mediático y personal que supondría recurrir a la misma. Es de destacar que, la mayoría de los casos que terminan en los Tribunales, finalizan con la infracción de una falta y que, en muy pocas situaciones actualmente, el individuo acaba en prisión.

¿Cómo se evitaría un caso de infracción contra la libertad de expresión?

Muchas de las personas que manejan las redes sociales no conocen los problemas que acarrea, en muchas ocasiones, hablar y opinar sobre ciertos temas debido al daño que pueden hacer en otros. El desconocimiento puede convertirse en un inconveniente fundamental a la hora de mostrar nuestra opinión en determinadas circunstancias.

Para evitar problemas contra el honor o la intimidad, es fundamental, conocer dónde están los límites de la libertad de expresión. Es vital para cualquier individuo saber hasta dónde puede estrujar un derecho fundamental tan necesario en el mundo en que vivimos. Para ello, la persona debe ser conocedora de todo aquello que sobrepasa la barrera de lo legal y que podría convertirse en un problema para la misma únicamente por mostrar su punto de vista respecto a cualquier tema en una red social. Por consiguiente, es puramente recomendable no centrarse únicamente en los derechos de la libertad de expresión que existen en los países democráticos, sino también en las obligaciones que acarrea el mismo. El individuo tiene que saber que, un privilegio, siempre conlleva un sacrificio. No es oro todo lo que reluce. Para poder disfrutar de un bien hay que ser conscientes de que si se estira, puede darse la vuelta y golpearnos en la cara.

Es primordial, no solamente en el ámbito legislativo por los problemas económicos y judiciales que podría acarrear, sino en cualquier ámbito de la vida cotidiana, que cualquiera de las personas que habitan en el mundo, muestra empatía con respecto al resto. No todos saben ponerse en la piel de los demás, pero es importante intentarlo para saber qué siente el otro. Es ley de vida y de convivencia. No hagas algo que no te gustaría que te hicieran. Por eso, es básico no alimentar el odio respecto a ciertas culturas, diversos personajes públicos o diferentes ramas de la sociedad. Vivir en armonía y en paz es la mejor manera para disfrutar. No incitar a la violencia y erradicar la discriminación son esenciales para coexistir.

Recuerda que en Easyoffer contamos con abogados especialistas en Derecho Civil y Penal que te van a ayudar a defender tu caso. Contactar con ellos es sencillo, vale con rellenar nuestro formulario online y explicarnos brevemente tu situación. Recibirás en un plazo máximo de 24 horas hasta tres presupuestos personalizados de forma gratuita y sin compromiso, para que puedas comparar y elegir tu opción ideal.