¡Me van a despedir! Cómo prepararse para un despido

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En la actualidad, y con la legislación laboral vigente, hay distintas maneras y, muy fáciles, de poner a una persona de patitas en la calle, tal y como se diría en un lenguaje divulgativo. Si crees que están pensando en despedirte, es mejor que estés preparado y que te informes en la medida de lo posible sobre las causas a las que puede acogerse tu empresa en caso de que decida dar el paso y enviarte a engrosar las colas del INEM.

¿Cómo vaticinas un despido?

Siempre es complicado vaticinar un despido, pero hay señales muy claras de que se acerca irremediablemente, ¡siempre que estemos atentos!

Aunque estas señales, a veces son manifiestamente notorias, no debemos dar nada por hecho. En muchas ocasiones son meros avisos, o llamadas de atención, que tienen por objeto algo totalmente diferente al despido.

Para no equivocarse, siempre es bueno informarse de las “novedades” con gente cercana, ya que la mayoría de cambios, siempre empiezan con rumores.

Antes de tomar decisiones drásticas, o incluso cambiar nuestro comportamiento sin saber los verdaderos motivos de la nueva situación, es importante saber de primera mano, porqué ha cambiado el comportamiento de compañeros o jefe, evitando confrontaciones innecesarias o adelantar acontecimientos.

Pero para enfatizar algunas de las situaciones habituales, caldo de cultivo de un despido, debes tener en cuenta las señales típicas que anuncian esta desagradable (o agradable) noticia:

  1. Cambio de actitud. Es uno de los síntomas más fácilmente reconocibles en nuestros jefes o compañeros. Si ya no te avisan para ir a comer o a determinadas reuniones donde eras incondicional, puede ser una señal reveladora. El aislamiento del trabajador o también llamado “mobbing” se considera acoso laboral, y un abogado podría ayudarte enormemente. Debes dejar constancia de los hechos y siempre ponerlo en conocimiento del responsable de recursos humanos de la empresa. Muchas veces por dejar de soportar el constante acoso de nuestros jefes, tomamos la iniciativa de despedirnos voluntariamente, pero de esta forma debes tener en cuenta que renuncias a muchos derechos, como el paro o posibles indemnizaciones. No te pares en barras si has estado sufriendo estas situaciones y actúa legalmente cuanto antes.
  2. Sin tiempo para nosotros. Otra de las alertas que describe Patricia González, psicóloga del trabajo, es la azarosa agenda de nuestro jefe que, de forma repentina, le impide reunirse con nosotros una semana tras otra. Si tratas de fijar una reunión, aclarar situaciones, o incluso reportar informes, pero el jefe no tiene tiempo para estas “nimiedades”, no es descabellado encender algunas alarmas.
  3. Sin un plan inmediato. Si por algún casual y siguiendo una práctica habitual, Julio solía ser un mes de carga de trabajo, pero contrario a lo esperado, nos encontramos con poco que hacer, esta, es otra de las premisas previas a un final de trayecto con la empresa. La evanescencia paulatina de responsabilidades, trabajos o proyectos en la empresa, o la indiferencia de nuestro jefe, es un síntoma de próximo despido. Tratar de hacerte pensar que eres prescindible ¡es otra señal de “mobbing” de manual!

Si se cumplen dos de estas tres señales, ¡posiblemente estés más fuera que dentro!

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Protocolo “fantasma”

Si has visualizado la frase “me van a despedir” y conociendo los primeros síntomas de una muerte anunciada, lo mejor es empezar a buscar un nuevo trabajo, nuevos proyectos, sin detenerse en lamentaciones y de forma totalmente discreta. Nunca dejando de lado nuestro trabajo actual y responsabilidades, donde siempre será más fácil una salida amistosa a conflictiva.

Activa tu protocolo fantasma, busca nuevas salidas sin pregonarlo por toda la oficina (no te ayudará en absoluto), siempre con una sonrisa y trabajando tan duro o incluso más que si no te fueras. Nunca sabes, si lo que parecía un despido inminente era un mal mes para la empresa.

Vuélvete imprescindible. ¿Qué mejor manera de salir “por la puerta grande”? Intenta que por lo menos algunos de ellos te echen de menos, nunca sabes a quien te encontrarás en un futuro.

¡Ojo, que no se acaba el mundo!, muchos de los mayores famosos millonarios en la actualidad fueron despedidos en sus trabajos, y no significa nada, a todo final le sigue un nuevo comienzo.

Despidos por causas objetivas

Esta modalidad es la más utilizada por las empresas en los últimos años para despedir a sus empleados.

Para utilizarla, la empresa debe enviar por escrito un pre-aviso al trabajador con un mes de antelación, especificando las causas que están provocando el despido. En este sentido, el empresario deberá justificar que el despido del empleado es necesario para reducir costes que pueden ayudar a asegurar la continuidad de la empresa.

Entre estas causas, figuran diferentes opciones que vamos a ver a continuación.

  • La más frecuente sin duda es la necesidad de amortizar puestos de trabajo. En este supuesto, las empresas pueden acogerse a causas económicas, cuando la empresa justifique que está pasando por una mala situación económica, con pérdidas actuales o futuras, o que existe una disminución persistente en el nivel de ingresos durante al menos tres trimestres consecutivos.
  • También existen las causas técnicas (cuando hay cambios en los instrumentos de producción), las organizativas, cuando se produzcan cambios en los métodos o sistemas de trabajo o en la forma de organizar la producción o se produzca la deslocalización de la producción, y las productivas cuando se producen cambios en la demanda de productos o de los servicios en el mercado en que se trabaja.

Junto a las razones que acabamos de ver, los despidos por causas objetivas también recogen otros supuestos que pasamos a ver a continuación.

  • El primero de ellos es el absentismo laboral, o lo que es lo mismo, la falta injustificada de un empleado. Aunque es cierto que el nivel de absentismo en las empresas se ha reducido drásticamente desde el comienzo de la crisis económica, las empresas pueden despedir con faltas de más de dos días seguidos de ausencia no justificada en un puesto de trabajo, o con faltas que aunque sean justificadas superen el 20% de las jornadas laborales en dos meses consecutivos, o el 25% de las jornadas hábiles en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de 12 meses.
  • En este sentido no computan como faltas de asistencia al puesto de trabajo una huelga legal, un accidente de trabajo, las actividades de representación sindical, o la baja médica por enfermedad o accidente no laboral superior a veinte días, casos derivados de violencia de género, las ausencias por maternidad, embarazo y paternidad. En cambio, sí que cuentan como faltas de asistencia las derivadas de las baja médicas por enfermedad o accidente laboral aunque estén justificadas por los servicios médicos cuando sean inferiores a 20 días. Ten en cuenta algunas de las claves de la baja laboral.
  • La falta de adaptación a las modificaciones en el puesto de trabajo son otro supuesto para el despido objetivo, así como la ineptitud del trabajador. Este último supuesto es bastante polémico porque es complicado demostrar que un empleado no sirve para desempeñar su trabajo.

Despido disciplinario

Junto al despido objetivo, la otra modalidad de despido es el despido disciplinario. Esta modalidad corresponde a un incumplimiento grave de las obligaciones del trabajador. Por ejemplo, en este apartado se recogen las faltas de asistencia o de puntualidad del trabajador de manera injustificada y de manera repetida, una bajada del rendimiento laboral en las ocupaciones encargadas.

También se recogen como despido disciplinario hechos como tratar mal a los clientes o realizar espionaje industrial, la indisciplina y la desobediencia a sus superiores, o las ofensas verbales y físicas al empresario o a otros compañeros que trabajan en la empresa, así como acudir borracho o drogado al puesto de trabajo o el acoso sexual o por cualquier otro motivo como puede ser el de origen racial, étnico u orientación sexual por poner unos ejemplos.

¿Cómo se desarrolla el despido?

Ya hemos dicho anteriormente que el empresario deberá comunicar por escrito el despido, exponiendo los motivos que lo justifican. En caso de que el empresario no comunicase de forma correcta el despido, todavía tiene un plazo de veinte días para volver a comunicarlo de forma correcta y efectuar de esta manera el despido del empleado.

Además, debes tener en cuenta que si no te avisan de tu despido por escrito, y lo comunican de palabra o no te dejan acceder a la empresa sin comunicación previa, el despido será irregular.

En caso de que la comunicación por parte del empresario haya sido correcta, el trabajador despedido podrá reclamar ante los tribunales durante los veinte días hábiles siguientes a la comunicación del despido. De hecho, recomendamos siempre contratar los servicios de un abogado laboralista para garantizar que tu despido se ajusta a derecho y llevar a cabo las acciones pertinentes.

Una vez que el trabajador ha denunciado el despido en los Juzgados, el Juez de los Social podrá dictaminar que el despido ha sido procedente, improcedente o nulo. En el caso del despido procedente, el juez emitirá su sentencia basándose en que el empresario ha acreditado con pruebas irrefutables que el despido ha sido disciplinario, por lo que tiene razones suficientes como para rescindir el contrato de trabajo. En el caso de que el despido sea por causas objetivas, la indemnización será de 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.

En los casos en los que el juez determine que el despido ha sido improcedente porque la empresa no ha podido demostrar el incumplimiento de las obligaciones laborales o porque el despido no cumple los requisitos exigidos por ley. En este caso, la empresa podrá readmitir al trabajador, o pagarle una indemnización de 45 días por año trabajado, con el tope máximo de 42 meses.

Por último, el juez podrá determinar que un despido es nulo cuando éste tenga que ver con una violación de los derechos fundamentales del trabajador, o con discriminaciones no permitidas por la Constitución o por una ley. En este supuesto, la empresa tendrá la obligación de readmitir de forma inmediata al empleado a su puesto de trabajo así como pagarle el salario correspondiente al periodo que ha durado el proceso.

No siempre son agradables estas situaciones, pero solucionarlo a tiempo puede ahorrarte muchos disgustos, ¡y estamos aquí para ayudarte!.